Contacto forzado: sobreviviente de la masacre de indígenas aislados alza su voz desde la selva

La mayor de las dos hermanas que sobrevivió a la matanza de indígenas aislados en 2013, ahora integrada en una comunidad waorani, espera que la Corte Interamericana de Derechos Humanos la visite antes de dictar su sentencia. Pide que el Estado reconozca sus derechos individuales y colectivos. Estos últimos tienen implicaciones territoriales; su defensa aspira a que se entreguen territorios a la comunidad que la acogió. La Corte de DDHH deberá decidir si el Estado ecuatoriano fue incapaz de proteger a los grupos indígenas Tagaeri y Taromenane en aislamiento. El desenlace sentará precedentes a nivel internacional.

María Belén Arroyo

Miércoles, 16 Agosto 2023

Alianza Ojo Público – Código Vidrio – Vistazo

Tenía unos 17 años. La profundidad de la selva se adivinaba en sus ojos oscuros, enmarcados por una larga cabellera negra. La franja de color rojo, pintada en parte de su rostro, le daba un aire ceremonial. C (nombre protegido) se dirigía ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de un vídeo grabado en la Amazonía ecuatoriana, donde ella vive. “Quiero que venga (la) Corte para hablar en persona… dicen que no pienso nada; que venga, y (que) diga al Gobierno que deje vivir libre con territorio. Que no acabe la selva”.

La audiencia del caso 12.979 “Pueblos Indígenas en Aislamiento Tagaeri y Taromenane versus Ecuador” se realizó en Brasil el 23 de agosto de 2022. La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinará si el Estado ecuatoriano ha sido ineficiente en proteger a los últimos pueblos aislados de la Amazonía.

Los pueblos Tagaeri y Taromenane también han sido identificados como grupos aislados al otro lado de la frontera, en la Amazonía de Perú. Su reconocimiento por parte del Estado peruano ya es oficial. “Los pueblos indígenas no tenemos fronteras, nos separan las políticas, pero los pueblos existimos desde mucho antes que se conformaran los Estados”, explicaba en entrevista con esta alianza Jamner Minhuari, vicecoordinador general de COICA y líder indígena del pueblo Kukama Kukamiria. La organización es la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica.

C, de 17 años, perteneció a uno de los grupos indígenas aislados. Su testimonio es crucial. “Nunca antes la Corte Interamericana de DDHH conoció un caso relacionado con pueblos indígenas en aislamiento; es un hecho sin precedentes y la sentencia marcará jurisprudencia a nivel internacional”, explica el jurista Mario Melo, procurador común de los demandantes. El proceso internacional empezó en 2006, tras la masacre a un clan sin contacto, que no fue investigada por el Estado. Para entonces, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, dispuso medidas cautelares a favor de los pueblos no contactados.

Vista aérea de la comunidad waorani de Bameno.

En 2013, el clan familiar al que pertenecía C fue asesinado durante un ataque con armas de fuego, por parte de un grupo waorani. Ella tenía unos siete años en ese momento; su hermanita menor, D, entre dos y cinco años. Ambas sobrevivieron, pero fueron forzadas a integrarse en un mundo al que no conocían y además fueron separadas; las llevaron a vivir con familias waorani de comunidades distintas.

Los grupos waorani son considerados de contacto reciente. Sus parientes que se resistieron optaron por internarse selva adentro, para mantener su aislamiento. Sin embargo ellos no permanecen en un solo sitio, sino que mantienen patrones de movilidad estacional y cíclica en la selva, según el antropólogo Roberto Narváez. El primer patrón tiene que ver con la temporada en que obtienen frutos y alimentos en distintas zonas del bosque. El segundo patrón obedece a la lógica de volver a la tierra de sus ancestros, respetando el linaje femenino, es decir, regresan a la tierra donde las abuelas sembraron alimentos para sus descendientes, de acuerdo con este investigador.

LOS AISLADOS RECORREN TODA LA ZONA

Por esta lógica de movilidad, crear la Zona Intangible Tagaeri Taromenani (ZITT) en la Amazonía ecuatoriana fue insuficiente. La razón es simple. Los indígenas aislados no se restringen a esos límites. En 1999, la ZITT fue constituida en territorios sin actividades extractivas y sin reservas de petróleo. Se delimitó recién en 2007, con una zona de amortiguamiento en la que estaban prohibidas nuevas obras de infraestructura, como carreteras e instalaciones petroleras. En 2019 se aumentó el área de la ZITT, pero al mismo tiempo se permitió la realización de actividad extractiva en una parte de la zona de amortiguamento. La máxima autoridad de control constitucional en Ecuador (Corte Constitucional) dejó sin efecto el permiso para nuevas actividades extractivas en la zona de amortiguamiento. Todo esto consta en el texto de la demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos; ésta se basa en testimonios, documentos y peritajes.

La superficie actual de la ZITT alcanza 8.185 kilómetros cuadrados, algo más de un tercio del territorio tradicional del pueblo waorani. Los grupos aislados se movilizan fuera de esos límites. ¿Quién puede explicarles que deben restringirse a un cerco para ellos desconocido?

Ahora, los expertos se preguntan si los pueblos aislados están a un paso del exterminio. “El incesante cerco territorial amenaza con devenir en exterminio”, concluye el antropólogo José Proaño, director para América Latina de Land is Life. Esta organización actúa como Secretaría del grupo de trabajo internacional sobre Pueblos en Aislamiento y Pueblos Indígenas en Contacto Inicial.

El mapa de encuentros violentos en el territorio tradicional Waorani muestra que los indígenas en aislamiento se desplazan más allá de los límites de la ZITT.

La consulta popular del próximo 20 de agosto incluirá una pregunta respecto a la posibilidad de dejar el crudo bajo la tierra en el bloque 43. Al ver el mapa petrolero, se aprecia que el bloque sometido a consulta es apenas un área mínima en todo el contexto del Yasuní. Según Proaño, la presencia de aislados se ha detectado en los alrededores de los bloques 14, 16, 17, 31, 43 y 55. “Los derechos de los indígenas no pueden ser sometidos a consulta, eso debe estar claro”, advierte. Sin embargo, reconoce que este ejercicio de participación es necesario para tomar conciencia sobre la importancia de este territorio. En su globalidad, constituye una reserva de Biósfera que ha permanecido inalterable desde hace más de 12 mil años.

Muertes en territorio ancestral Waorani (Fuente: Mapa que consta en la demanda contra el Estado ecuatoriano. La consulta popular del 20 de agosto sobre la posibilidad de dejar el crudo bajo el bloque 43 afecta a una zona pequeña de toda el área de conflicto. Expertos han referido la presencia de aislados en cerca de los bloques 31, 14, 16, 17, 55.)

LAS PRESIONES

La masacre que dejó a las dos niñas sobrevivientes ocurrió, de hecho, fuera de la Zona Intangible, ZITT. Tuvo un antecedente. A inicios de ese año, 2013, la pareja de ancianos waorani conformada por Ompore y Buganey murió por lanzas de indígenas aislados. Algunos de ellos habían mantenido algún tipo de comunicación inicial con el viejo Ompore: le habían pedido que terminara el ruido incesante de los generadores en el pozo petrolero. Todo esto ocurrió en el bloque 16, entonces operado por la firma española Repsol. A pesar de las muertes, la operación extractiva nunca se suspendió. No eran solo hechos de violencia intertribal, como intentó posicionar el Gobierno de la época. El fenómeno respondía a otras lógicas.

Ompure, el anciano waorani lanceado a inicios de 2013 por aislados. Cortesía Repsol.

El grupo waorani de reciente contacto y los pueblos en aislamiento comparten un tronco familiar común, detalla José Proaño, antropólogo. El primero fue contactado por la fuerza, por misioneros evangélicos desde fines de la década del 50. Los segundos se negaron. Ahora, ambos comparten similares problemas: “una serie de presiones territoriales, conflictos interétnicos y expansión de las fronteras extractivas, especialmente madereras”. Éstas desembocaron en el estallido de conflictos motivados por varios factores, entre ellos, la presión sobre territorios ocasionada por la expansión de la frontera de colonización, señala Proaño.

DERECHO A LA VIDA

El territorio tradicional waorani cubría 2 millones de hectáreas en la selva amazónica, apenas medio siglo atrás, según recoge el texto de la demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, basado en peritajes, como el de la geógrafa Paola Maldonado.

Esta zona es conocida como la Reserva de Biósfera Yasuní.En su interior, se crearon el Parque Nacional, la Zona Intangible Tagaeri Taromenani, el área de amortiguamiento, el área titulada para los waorani. Algunas de ellas se superponen entre sí, y además cobijan actividades extractivas, como las madereras y las petroleras. Ese es uno de los problemas. Las distintas zonas superpuestas tienen además diferentes autoridades, desde el punto de vista administrativo. Esto dificulta el manejo y el control.

El expediente ante la Corte Interamericana incorpora los argumentos de los demandantes. El antropólogo Roberto Narváez, quien presentó su testimonio, explicó que una vez que sucedió el ataque contra los ancianos waorani, “no existió gestión eficiente del Estado para evitar el ingreso de parientes en busca de venganza. La única gestión del Estado fue judicial contra los atacantes waorani, pero no se consideró la incidencia de las actividades extractivas en el contexto del bosque”.

Zenaida Yasacama, vicepresidenta de CONAIE, Gilberto Nenquimo, presidente NAWE, Alicia Cahuiya, responsable de Mujer y Familia de CONAIE y Patricia Nenquihui, presidenta de AMWAE . Cortesía Land is Life. (Cortesía Land is Life.)

Desde esa perspectiva, cuando el Estado no investigó ni sancionó las masacres previas (2003 y 2006) “generó un clima de impunidad”. Es más, según Narváez, agentes estatales tuvieron información relevante “sobre la inminencia de un ataque en contra de pueblos en aislamiento a raíz de la muerte de Ompore y Buganey”, sin que tomara medida alguna frente a terceros. Por esa razón, la demanda menciona que el Estado habría vulnerado el derecho a la vida.

QUIÉN ES ELLA

“Soy waorani, pero de otra familia”, explicó C en el video transmitido al inicio de la audiencia de la Corte Interamericana. (LINK de la audiencia). Vivía con su abuelita, fue a visitar a su mamá y vio el ataque. Parece que su madre alcanzó a esconderlas antes de perder la vida. Su hermanita menor, a quien identificaremos como D, fue llevada a una comunidad distinta. Esto “implicó la pérdida para D de su único referente familiar directo”, según la demanda contra el Estado. “No se ha presentando, por parte del Estado, una justificación sobre la necesidad y razonabilidad de la medida”.

El destino de C fue distinto. Primero fue conducida hasta la comunidad de Yarentaro. Meses después, en noviembre de 2013, en medio de un operativo con helicópteros y enmascarados, fue sacada y llevada primero hacia Coca, luego a la comunidad Bameno. Ésta se encuentra en el corazón de la Zona Intangible Tagaeri Taromenane, ZITT.

Penti Baihua, a la derecha, en la audiencia de la Corte Interamericana. En su testimonio explicó que él nació “antes del contacto”. A la izquierda, la defensa de la joven contactada por la fuerza. Crédito Land is Life. (Crédito Land is Life )

En el video transmitido durante la audiencia, C contó cómo la llevaron, cuando estaba en el aula de clase, en la comunidad de Yarentaro, “Vino un sonido feísimo, todos los niños salieron y me quedé solita. Vinieron tres personas con mascarilla, me quedé llorando, no conocía en qué mundo estoy, (me) estaban llevando al mundo cowore (extraño), pensaba en qué mundo estoy, estaba perdida”. El operativo lo decidieron las autoridades, ante la información de un posible ataque por parte de aislados a esa localidad, para vengar el crimen masivo.

En Coca su custodia fue entregada al líder waorani Penti Baihua, de Bameno. El encargo, según se explicó durante la audiencia ante la Corte, fue temporal y debía durar 30 días.

En su nuevo hogar, relató la mayor de las hermanas, “me sentía feliz, porque era lo mismo que la familia de mi familia. Me llevaron a bañar al río, a sembrar yuca y plátano, a comer carne y pescado”. Fue a casa de Kemperi, el shamán legendario que habría vivido más de cien años; falleció en marzo de 2023. Fue el último indígena que tenía la visión del jaguar, que es parte del mito waorani, el cual se expresa en el lenguaje de los sueños.

Vista de Bameno desde el aire. Crédito Iván Izurieta. (Crédito Iván Izurieta.)

La sobreviviente tiene el estatus de protección de testigos y víctimas, programa que dirige la Fiscalía ecuatoriana. No es dueña de su destino y teme ser reubicada en cualquier momento, cuando las autoridades crean que corre peligro.

Tuvo una bebé. Durante su embarazo, el “Gobierno no dejó vivir, me dio miedo de que (me) iban a separar de mi familia, estaba triste y llorando”. El Estado no respeta su forma de pensar, según su defensa. Como muestra, asegura que no es suya la firma que aparece en un documento en el cual consta un supuesto consentimiento de su parte, para que le efectuaran una extracción de sangre. “No firmé ahí”. Se trata de un documento oficial de Salud, con una rúbrica de aceptación para realizar una prueba de VIH.

Judith Kimerling es la representante legal de C en la demanda contra el Estado ecuatoriano. Su trayectoria en defensa de las causas ambientales es larga. Ella fue pionera en denunciar el daño que causó la petrolera Texaco en la Amazonía norte ecuatoriana. Desde Nueva York, donde ejerce la docencia, la abogada atiende la entrevista de esta alianza.

“Penti Baihua es el tutor, la persona encargada del cuidado de C. Penti no tuvo nada que ver con la decisión de sacarla de Yarentaro; tampoco tiene relación alguna con el pueblo que causó el ataque. Él estuvo en Coca por casualidad, llevando un turista, allí el Gobierno y el presidente de la organización waorani le pidieron cuidarla”.

Para Judith, “es un problema que nadie se sentó con la niña y con la familia para saber qué quería, qué esperaba”. “Las medidas que el Estado ha tomado para protegerla, en términos de DD.HH., han sido de manera unilateral, sin escucharla a ella, sin dejarla ejercer su derecho; sin reconocer sus derechos colectivos e individuales”.

Según Judith Kimerling, “En la cultura waorani, C es parte de la familia de Penti, es parte de su pueblo waorani Baihuaeri de Bameno y comparte sus derechos con ellos”. Por eso, pide a la Corte “que reconozca que ella por ser adoptada por la familia de Penti ha adquirido derechos colectivos”. De este modo, la intención es que la Corte pida al Estado ecuatoriano reconocer y garantizar los derechos individuales y los derechos colectivos, que implican reconocimiento territorial. “Queremos que la Corte diga al Estado que reconoce, que garantice los derechos individuales de C y los derechos colectivos hacia la familia que la acogió y con la que comparte territorio”.

Penti Baihua es el tutor de C, la mayor de las hermanas que sobrevivieron a la matanza de 2013. Crédito Iván Izurieta. (Crédito Iván Izurieta.)

Según Kimerling, una de las medidas que se solicita a través de la Corte es que salga del programa de víctimas “porque el marco jurídico de ese programa no es transparente, no es voluntario para ella, da poder a funcionarios del gobierno sobre la vida de ella, sin garantizar sus derechos”. En última instancia, aclara, “estamos buscando un diálogo intercultural entre ella, su familia y el Gobierno para desarrollar un marco jurídico seguro que garantice los deberes del Estado hacia ella, por su situación de contacto forzado”.

A través de los años ha habido rumores de que la llevarían a vivir en otro lugar, “vive con la incertidumbre de nunca saber lo que va a hacer el gobierno”.

El pueblo amazónico cree en el simbolismo de los sueños. En uno de ellos C vio a su mamá, la fue a visitar con ollas y tazas. Su madre la vio contenta, orgullosa. “Estoy feliz en la mujer que te has convertido”. Cuando vio alrededor, tuvo miedo porque los otros aislados querían “pincharla”, (atravesar su cuerpo con una lanza). Entonces despertó violentamente, su bebé le estaba halando el cabello.

Casa en la comunidad waorani Dicaro, en pleno bloque 16, antes manejado por Repsol, hoy por la petrolera estatal ecuatoriana. Foto Iván Izurieta.

A su hermana menor la habría visto apenas una vez, en un acto de acercamiento organizado por la Fiscalía. Hasta donde conoció esta alianza, la niña D se integró a la familia que la acogió y no ha presentado una demanda frente al Estado.

La anunciada visita de jueces de la Corte Interamericana de DDHH, al poblado waorani donde vive C, se esperaba para mayo de este año. Sin embargo, la crisis política causada por la disolución del Legislativo y el anticipo de elecciones en Ecuador dejó en suspenso la llegada. Y la sentencia.

¿Qué es el Yasuní y la Zona Intangible?: Territorio de los pueblos no contactados

En Ecuador existen dos pueblos indígenas en aislamiento voluntario: Tagaeri y Taromenane. Más uno que estaría por confirmarse: los Dugakairis. Todos ellos se desprenden del pueblo waorani que milenariamente ocupó un territorio de cerca de dos millones de hectáreas entre las provincias de Orellana y Pastaza, en la Amazonía ecuatoriana. Sus límites eran el río Napo, por el norte, y el Curaray, por el sur.
Alejandro Pérez
Miércoles, 16 Agosto 2023

Alianza Ojo Público – Código Vidrio – Vistazo

A finales de la década de 1950, el Instituto Lingüístico de Verano, una organización evangélica estadounidense, llegó para hacer contacto con estos pueblos y “evangelizarlos”. El trasfondo era poner de parte a los indígenas para empezar la explotación petrolera en la Amazonía ecuatoriana. En avionetas recorrieron la zona lanzando comida y reproduciendo mensajes en idioma waorani, Wao Terero, para que se acercaran a una zona llamado Tiwino, donde se asentó el “Protectorado”. Concentrar la población waorani dio vía libre a las petroleras para empezar la exploración.

Pero hubo un grupo que no quiso el contacto con occidente y se aisló: los Tagaeri. Después se supo que otro grupo demoninado Taromenane también habitaba la zona. Los dos posiblemente desciendan de mismo tronco familiar waorani. Los antropólogos no se han puesto de acuerdo en si el grupo Taromenane tiene un origen distinto.

En amarillo el territorio ancestral waorani que tenía más de dos millones de hectáreas, entre las provincias de Orellana y Pastaza.

En 1979, Ecuador creó el Parque Nacional Yasuní para conservar esta zona de alta biodiversidad, con un enfoque ambiental. Tiene poco más de un millón de hectáreas. Este espacio se superpuso al territorio ancestral waorani.

El Parque Nacional Yasuní, que tiene un millón de hectáreas aproximadamente.

En 1990, Ecuador reconoció un espacio para el pueblo waorani y le entregó poco más de 600 mil hectáreas, lo que equivale a un tercio de su territorio ancestral. Territorio waorani y Yasuní quedaron separados.

Ecuador reconoció una parte del territorio ancestral waorani, que se redujo a la tercera parte.

En 1999, el gobierno de ese entonces creó la Zona Intangible Tagaeri Taromenani (ZITT). Pero no fue hasta 2007 cuando ésta se delimitó, con un área de 750 mil hectáreas y luego en 2019 a 800 mil hectáreas (demarcación en verde). La Zona Intangible viene acompañada de una Zona de Amortiguamiento (ZA) de más de 400 mil hectáreas (demarcación rosa). Aparentemente, los pueblos no contactados se mueven dentro de estos límites, pero la evidencia demuestra que transitan por fuera de la Zona Intangible, donde se han registrado matanzas.

En verde la Zona Intangible y en rosa la Zona de Amortiguamiento, que se superponen al Yasuní y al territorio waorani.

Supuestamente nadie puede entrar en esta zona ni se pueden realizar actividades extractivas, a menos que sean de interés nacional. Eso permitió que, en 2013, se permitiera la explotación petrolera del Bloque 43 o ITT, que se superpone en el margen superior derecho de la Zona Intangible. Pero ya había otros bloques sobre la Zona Intangible, como el 16, 31 y otros. La consulta popular para dejar el petróleo bajo tierra solo afecta al Bloque 43. De ganar el Sí, lo otros bloques quedarían intactos.

Así se superponen los bloques petroleros con la Zona Intangible y el Yasuní.

El Bloque 43 es uno de los tantos que se superponen a la Zona Intangible y el Yasuní.

Ya en 2012, un mapa elaborado por el entonces Ministerio de Derechos Humanos y Cultos mostraba las coordenadas de muertes por enfrentamientos con grupos no contactados, sin contar la masacre de 2013 y el último encuentro violento en 2016. Algunos de ellos se dieron fuera de la Zona Intangible, lo que demuestra que los pueblos en aislamiento recorren un amplio territorio que antes de la explotación petrolera les pertenecía. A pesar de su presencia y matanzas, la explotación petrolera, colonización y otras actividades no se han detenido.

En un mapa actualizado a 2022 y presentado en el alegato del juicio que sigue la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra Ecuador por las matanzas a pueblos aislados, se concluye que: “Estos hechos demuestran dos cuestiones importantes. La primera es que los pueblos Waorani en aislamiento se movilizan fuera de la ZITT. La segunda es que el Estado, a pesar de la presencia de los pueblos Waorani en aislamiento, continuó con su expansión petrolera y de esta forma ha incumplido sistemáticamente la prohibición constitucional de explotar el petróleo donde se movilizan personas indígenas aisladas.

Mapa actualizado a 2022 sobre encuentros violentos con no contactados y mantanzas.

Del trabajo realizado por la geógrafa Paola Maldonado, del Grupo de Investigaciones de Fundación Aldea, hay tránsito de pueblos no contactados en zonas ajenas a la ZITT, como por ejemplo, en el Alto Shiripuno. En el sector de Wentaro los waorani han dejado de salir a sus chacras que están en esas zonas de movilidad, asimismo han abandonado áreas de pesca. Esto coincide con datos de la entonces Secretaría de Derechos Humanos, ahora Ministerio de la Mujer que, en un pedido de información de Vistazo, alertó de “2 notificaciones” de posibles avistamientos o encuentros en Wentaro y Dikaro.

Además, en 2013, se supo que indígenas aislados visitaban al anciano Ompore, que vivía en Yarentaro, una comunidad indígena alejada de la ZITT, y que forma parte del bloque petrolero 16, entonces operado por Repsol y hoy operado por Petroecuador.

En una consulta inédita, el próximo 20 de agosto Ecuador tendrá que ir a las urnas para votar sobre la permanencia o no de la explotación petrolera en el Bloque 43 o ITT (Ispingo, Tambococha y Tiputini), que está en parte nororiental del Yasuní y en el extremo de la Zona Intangible. De ganar el Sí, la consulta solo aplica para el Bloque 43. Los otros bloques que están en parte del Yasuní seguirán operando. De ganar el No, la expotación petrolera se mantendrá en ese lugar.

Todo el espacio geográfico representado en los mapas era el terrorio ancestral waorani que se ha ido reduciendo con el tiempo.

*Con la ayuda de mapas elaborados por la geógrafa Paola Maldonado, de Fundación Aldea.

Hospitales del IESS obligados a dar atención especializada para niños con discapacidad

Por falta de atención especializada en el Hospital IESS Quito Sur, el niño Aarom Vargas, que tenía síndrome de down, falleció en mayo del 2022. Sus padres presentaron una acción extraordinaria de protección. Además de ser concedida, confirmando que el centro no garantizó el derecho a la salud y la vida del pequeño,  los jueces sentaron un precedente: los hospitales del IESS deben dar atención especializada a niños con discapacidad, en todos los niveles. Este tipo de fallos prueban que las garantías jurisdiccionales, bien aplicadas, son indispensables, cuando no son usadas y concedidas por los jueces de forma indiscriminada para liberar sentenciados por delitos graves.

Alianza Código Vidrio – Vistazo
Por Ana María Carvajal

El celular y el estuche con los lentes de Aarom Vargas Sánchez permanecen sobre la cabecera de la cama de sus padres. Eran dos cosas que jamás le podían faltar y que ellos decidieron conservar, junto a una caja donde reposan sus cenizas. En el recipiente se puede leer el nombre del niño en un letrero siguiendo el molde de la letra de Aarom. Él empezaba a escribir sus primeras palabras cuando la tragedia le arrebató la vida, el 14 de mayo de 2022. Estaba por cumplir los 9 años.

Sobre el cenizario se observa su foto, donde se lo ve sonriente. Esa expresión de felicidad que irradia su rostro, con sus ojos vivaces, diáfanos, es lo que más extrañan sus padres, Julia Sánchez y Luis Fernando Vargas, luego de su inesperada partida, desencadenada por varios factores ajenos a su control.

Tras el shock inicial y el funeral, el 28 de noviembre de 2022 decidieron sobreponerse y solicitar una Acción Extraordinaria de Protección, pues consideraron que los derechos a la salud y a la vida de su hijo fueron violentados. Pasaron más de 20 horas desde cuando ingresó a emergencias del Hospital IESS Quito Sur y falleció en el Hospital Padre Carollo, en medio de la impavidez de las autoridades médicas.

En primera instancia el recurso fue aceptado por la jueza de lo Civil, Cynthia Molina. Luego subió en apelación a la sala especializada penal, integrada por los jueces Esteban Coronel (ponente) Fernando Sánchez y Mabel Tapia Rosero, quienes coincidieron en que el niño tenía doble vulnerabilidad por su edad y por haber nacido con síndrome de Down, y que el personal médico y autoridades del hospital violaron sus derechos a la salud y a la vida.


El caso del pequeño Aarom es apenas un ejemplo de los centenares que hay sobre la importancia de que el sistema cuente con legislación sobre garantías jurisdiccionales, aunque estas hayan cobrado mala fama los últimos años, debido a los abusos que se han presentado en causas relacionadas con personas sentenciadas por delitos de corrupción, narcotráfico y crimen organizado. 


La tarde del 13 de mayo de 2022 Aarom se veía muy decaído. Su padre se contactó con su madre por videollamada, pues ella estaba en el trabajo. El pequeño no podía expresar lo que sentía, solo sostenía su abdomen y no quería levantarse de la cama. Entonces, los padres decidieron llevarlo al hospital IESS Quito Sur, que queda a pocas cuadras de su casa.

El pequeño Aarom estaba a punto de cumplir los nueve años.

Aunque el ingreso en el sistema del hospital se registró a las 18:30, los padres dicen que estuvieron afuera horas antes, pidiendo ayuda. El niño no tenía fiebre ni lloraba, pero en su condición, eso era normal, señala Julia, la madre. Ella explicó al personal que quienes viven con Síndrome de Down tienen un umbral del dolor alto, pero estaba segura de que algo serio pasaba con su hijo, por los signos que presentaba. Luego sus padres supieron que el pequeño tenía una perforación de 20 centímetros en el intestino.

Resultados tardíos de los exámenes médicos

Con las horas, el pequeño Aarom se fue debilitando, no podía levantarse solo de la cama y su papá debía cargarlo para ir al baño. De pronto, los padres descubrieron en el abdomen del niño un bulto, su piel se había tornado en una coloración morada. Los resultados de los exámenes que le realizaron tardaban en llegar por fallas en el sistema, mientras el pequeño empeoraba minuto a minuto. Ya no toleraba que le hicieran ecos ni otros procedimientos.

A las 02:24 del siguiente día se descartó apendicitis y cerca de las 07:00 el niño fue derivado a otra casa de salud, pues en ese hospital no contaban con un cirujano pediatra. Aarom empeoró y fue ingresado a cuidados intensivos. A las 10:38 el Hospital Padre Carollo aceptó la derivación, pero el niño fue trasladado en ambulancia una hora más tarde. A las 13:46 llegó a ese centro médico en estado crítico, en la ambulancia de soporte vital avanzado. Empezó a colapasar mientras el personal intentaba reanimarlo hasta llegar al quirófano donde falleció, antes de ser intervenido.

Meses después, los padres acudieron a la Clínica Jurídica de Universidad San Francisco de Quito, que los patrocinó gratuitamente en su Acción de Protección. Hugo Cahueñas, profesor de la USFQ y miembro de la Clínica, destacó que fueron los estudiantes quienes llevaron con excelencia el caso. Planearon todo, presentaron estrategias y documentos.

Durante el proceso, el IESS aseguró que en su hospital se brindó un servicio adecuado, de acuerdo con el nivel 2 al que pertenecen, que cuenta con cirugía general, pero no pediátrica. Aunque reconocieron que hubo intermitencias en su sistema, argumentaron que atendieron al niño en la medida de sus posibilidades e hicieron la derivación.

El IESS aseguró que en su hospital se brindó un servicio adecuado, de acuerdo con el nivel 2 al que pertenecen, que cuenta con cirugía general, pero no pediátrica.

Jueces responsabilizan al hospital

Pero en el fallo de la sala penal los jueces fueron tajantes sobre las responsabilidades del hospital del IESS por la muerte del pequeño. “La prestación deficiente del servicio público de salud, en el parámetro de disponibilidad, ocasionó la muerte del niño. Hecho que es confirmado por la autopsia del médico legal, que recoge como causa de muerte: 1. Sepsis de origen causa de muerte. 2. Perforación duodenal y gástrica. 3. Abdomen agudo inflamatorio. (…) El Hospital del IESS, Quito Sur, no garantizó el derecho a la salud al no disponer de personal especializado, ni de un programa específico de atención personal y equipos médicos para tratar a un niño con discapacidad intelectual con “Síndrome de Down” en estado de emergencia”.

Como parte de la decisión del tribunal, el IEES debe presentar disculpas públicas en un acto en el área de emergencia del Hospital IESS Quito Sur, realizar campañas de sensibilización en sus centros médicos para que se asegure atención de calidad a quienes requieren cuidados urgentes y más aún si son niños y tienen alguna discapacidad.

La sentencia también contempla medidas de no repetición, como el diseño y difusión de un protocolo para la atención sanitaria a niños con discapacidad en todos los niveles.

Aunque los padres no solicitaron una reparación económica, los jueces decidieron otorgársela, tomando en cuenta los factores de daño emergente, lucro cesante y costas judiciales. Se fijó una indemnización de 25 mil dólares. El nombre de Aarom, ya eternizado en la caja donde sus padres conservan sus cenizas, también deberá permanecer en la sala de emergencias del Hospital IESS Quito Sur, para recordar al personal de salud que se debe brindar atención prioritaria, oportuna y especializada a niños con discapacidad.

“Las garantías están para proteger derechos reconocidos no solo en la Constitución sino en instrumentos internacionales de derechos humanos y permiten que esos conceptos no sean letra muerta. Podemos exigir derechos cuando están en riesgo de vulneración o son vulnerados”, dice Cahueñas. Por eso, sentencias como la de Aarom son la prueba de que el problema no es que existan garantías jurisdiccionales y constitucionales, sino que se apliquen sin criterio adecuado. “Este tipo de casos nos evidencia para qué están estos recursos: son los que protegen al ciudadano más desprotegido frente al poder”.

Hugo Cahueñas, profesor de la USFQ y miembro de la Clínica Jurídica, destacó que fueron los estudiantes quienes llevaron con excelencia la acción de protección.

El abogado subraya que hacen falta ajustes. Aunque aplaude que la sentencia denota el profundo conocimiento que el juez Coronel tiene sobre garantías. Por ese nivel de conocimiento, Coronel decidió otorgar una reparación económica, a pesar de que nunca fue la pretensión de los padres.

Cómo evitar los abusos de las garantías

Otro punto importante, para la abogada constitucionalista Pamela Aguirre Castro es que la Corte Constitucional debería delimitar mejor qué aplica en cada caso, según el derecho. En temas del derecho a la salud o a la vida, a la educación, los efectos se producen en el lugar donde reside la víctima, dice. “Pero en otros casos, como violaciones al debido proceso, la competencia bastaría con el lugar donde se produce el acto y ahí es bastante más sencillo identificar el vínculo de competencia. Ahí clarificaría mucho mejor e identificaría inclusive este presunto abuso de garantías constitucionales y jurisdiccionales”.

La tarea de la Corte es aclarar e identificar situaciones concretas en los que se ha dado correcta o mala interpretación de la norma, para que los jueces revisen esa información y sepan cómo proceder cuando lleguen los casos a sus manos. “Pero en realidad la norma nunca fue ambigua, lamentablemente se utilizó de una manera perversa para desvirtuar a las garantías jurisdiccionales”.

En mayo pasado, la Corte emitió un dictamen que pretendía poner orden en las acciones de protección y hábeas corpus que los últimos tres años se han solicitado en juzgados de lugares insospechados. Además nada tienen que ver con las causas por las que personas juzgadas han logrado su libertad y hasta restitución de derechos suspendidos mientras cumplían con sus penas. La idea era frenar beneficios otorgados a personas que probablemente no los merecían, dado la naturaleza de sus delitos.


Entre las acciones de protección y hábeas corpus que se han cuestionado están, por ejemplo, la que dejó en libertad al exvicepresidente Jorge Glas, en Santo Domingo de los Tsáchilas; a Daniel Salcedo  en Paján (sentenciado por casos de corrupción en venta de insumos en la pandemia); a Luis Arboleda, alias Gordo Lucho, en Flavio Alfaro o a Christian Araujo, en Portoviejo. Otros casos objetados son las acciones que favorecieron a Leandro Norero y a Junior Roldán, alias JR, ambos asesinados.


Pero Aguirre afirma que la decisión de la Corte recientemente difundida “no hace más que repetir lo que está en la Constitución y en la Ley, que ya determina que es competente el juez del lugar donde se produce el acto o donde se producen los efectos.  El primer escenario es bastante fácil de identificar, pero el segundo es lo debatible y lo que se ha mal utilizado en algunas ocasiones”. Explica que los casos en que se presentaban distorsiones son, por ejemplo, los de políticos o autoridades que presentan acciones alegando que en el lugar de su residencia surtían los efectos del acto y por eso ahí radicaba la competencia.

Tras la muerte de su hijo Aarom, sus padres impulsaron la Acción de Protección, que sentó un precedente en favor de los niños con discapacidad.

Pero Aguirre señala que eso es un error. “Si uno entiende que la competencia se origina por el lugar donde se produce el acto o los efectos en relación con la víctima, no hay ningún problema porque ahí sí tiene sentido que el juez de donde reside la víctima sea competente”.

Los casos cuestionados se refieren a personas sentenciadas y no a víctimas. Por eso, según su criterio, la reciente sentencia de la Corte Constitucional en vez de aclarar el panorama lo vuelve más confuso porque agrega otro factor: el lugar donde se producen los efectos es donde están los bienes o donde hay algún vínculo familiar. “Ahí estaría extendiendo algo que en la ley y en la Constitución no existe. Eso me parece es excesivo”.

13 funcionarios penitenciarios reciben coimas de operadores de Los Choneros

Es un panal de conexiones criminales a todo nivel. Trece funcionarios penitenciarios, incluidos nueve agentes y cuatro empleados administrativos, son asalariados de la banda de Los Choneros. El viernes pasado en las oficinas del SNAI en la Penitenciaría FF.AA. y Policía descubrieron un arsenal oculto de fusiles, bombas, granadas, droga y dinero. Siete autoridades fueron detenidas.

Redacción Código Vidrio

Desde hace varios años los empleados públicos del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) trabajan para ese grupo delictivo, relacionado con el cartel de Sinaloa, en tres cárceles de Guayaquil, incluidas la Penitenciaría del Litoral y la Cárcel Regional de Guayaquil, reino donde manda Adolfo Macías, alias Fito.

El viernes pasado, precisamente, la Fiscalía allanó las oficinas del  SNAI en la Penitenciaría. En el operativo  encontraron fusiles, bombas, granadas, explosivos, dinero en efectivo y droga, ocultos en las oficinas del SNAI. Ese día también fueron detenidos los directores del Centro de Detención Provisional y de la Penitenciaría, junto a 5 funcionarios administrativos y 2 guías penitenciarios.

Altas fuentes del SNAI confirmaron a este medio que más del 50% de los funcionarios que trabajan en las cárceles y en las dependencias administrativas han sido reclutados por el crimen organizado. También policías, que operan en la parte externa, son parte de este anillo de corrupción. Esa es la principal razón por la cual las bandas y sus cabecillas ingresan a los centros todo tipo de armas, municiones, equipos, electrodomésticos, celulares, radios, drones… Lo hacen en los camiones que transportan alimentos y otros productos para los Economatos, los tiendas donde los presos se abastecen de distintos productos, dice el funcionario, que pidió no revelar su identidad. Este ejército de cooperantes estatales también hace labores de inteligencia para informar a los líderes de las organizaciones sobre posibles operativos. Su papel es clave para impedir, por ejemplo, que se concrete la adquisición de inhibidores de señales de celular y de escáners en los presidios, desde hace muchos años. Desde los centros, los cabecillas de los grupos delictivos coordinan las acciones criminales en las calles con sus celulares que emplean a discreción, sin impedimento alguno de las autoridades. Las cárceles son centros de operaciones criminales.

En varias ocasiones las acciones delictivas de los funcionarios han sido denunciadas ante la Fiscalía; los acusados son procesados, pero luego presentan acciones de protección, que los jueces les conceden. Eso les ha permitido volver a trabajar al sistema carcelario, denunció en su momento el general Pablo Ramírez (hoy jefe Antinarcóticos), cuando fue director del SNAI, en 2022. En las dependencias penitenciarias de Guayaquil incluso hay tres funcionarios, enjuiciados por delitos y usan grilletes electrónicos. También hay directores destituidos y luego reintegrados al sistema con recursos judiciales, aunque son personal de libre remoción. Ante estos problemas, el SNAI presentó desde 2022, a través del Ministerio de Gobierno, una batería de reformas legales y ha establecido protocolos para monitorear el uso de estas acciones, pero aún no se concretan.

Las FF.AA. y la Policía han realizado incursiones constantes en la Penitenciaría del Litoral desde el año pasado. La última ocurrió tras la revuelta sangrienta que dejó un saldo de 12 detenidos asesinados, en abril  pasado. Desde entonces los militares con el apoyo de la Policía han ingresado a varios presidios para detectar las caletas de armas y explosivos.

Adolfo Macías, alias Fito, sería la cabeza de una bien montada estructura de lavado a través de empresas de fachada, administradas por operadores que también dan coimas a funcionarios penitenciarios.

Código Vidrio accedió a un informe de Inteligencia pormenorizado de una estructura integrada por 27 operadores, encargados  de mover el dinero sucio que Los Choneros obtienen de diversas operaciones criminales. Principalmente narcotráfico y microtráfico, extorsiones y cobros, dentro y fuera de las  prisiones, a los presos y a sus familiares, en las calles. Estas actividades generan unos 120 millones de dólares anuales, según el informe en poder de este medio.

Los investigadores detectaron que de ese monto, 23 millones han sido usados para la creación de empresas de transporte, de carga pesada, venta de material de construcción, depósitos y transferencias en cuentas bancarias, compra de inmuebles, vehículos y operación de comercios. A la cabeza de este emporio de lavado está alias Fito.

Desde 2020, ´Fito´ lideró a Los Choneros junto a Junior Roldán Paredes, alias ´JR´, asesinado en mayo pasado en Colombia. Ambos asumieron el liderazgo de ese grupo tras el asesinato de Jorge Luis Zambrano, conocido como ´Rasquiña´.

En febrero pasado, ´JR´fue liberado, para que cumpliera el resto de su pena en su domicilio, pero fugó luego del atentado que sufrió en El Triunfo, Guayas. Luego fue ejecutado, en una población rural en Antioquia. Eso provocó el debilitamiento de Los Choneros, aunque Junior lideraba otra banda, Las Águilas, que había extendido sus operaciones criminales a Colombia.

Tras la muerte de Junior, Fito parece haberse atrincherado en la Regional de Guayaquil, pues teme por su vida. Su guardia pretoriana de seguridad eran Las Águilas.

Dos mujeres dirigen la estructura de lavado y coimas

Fito delegó el manejo de los negociados para mover sus millones a dos mujeres: Verónica V.Z. y Mariela P.T., visitantes asiduas del cabecilla de Los Choneros, alias Fito, encabezan el esquema de sobornos a lempleados penitenciarios.

Verónica V.Z. juega un rol determinante para direccionar pagos a funcionarios de las cárceles en Guayaquil y Esmeraldas, a través de seis personas, incluidos los policías activos: Marlon Vinicio C.E, en Chone; y Francisco C.G, en Esmeraldas. El 2021, ambos recibieron acreditaciones de Verónica V.Z. a sus cuentas, por 125 mil dólares. A su vez Francisco C.G. realizó pagos al agente de seguridad penitenciaria Cristian V. quien trabaja en la Cárcel 2, de Esmeraldas.

Otra operadora importante en este esquema es María Y.H., quien se dedica a la venta de recargas electrónicas en un minimarket junto con sus hermanas, en Palenque, Los Ríos. Entre 2019 y 2021, en sus cuentas recibió pagos por 6,2 millones de dólares, y realizó transferencias por 6 millones.

-El 2019 recibió dinero de 409 depositantes y transfirió dinero a 686 beneficiarios

-El 2020 tuvo 1.226 depositantes y transfirió fondos a 2.559 beneficiarios

-El 2021, 1.710 depositantes y 4.088 bebeficiarios

Entre los depositantes las autoridades de control identificaron una cadena de expresidiarios.

La Fiscalía allanó las oficinas del  SNAI en la Penitenciaría. En el operativo  encontraron fusiles, bombas, granadas, explosivos, dinero en efectivo y droga, ocultos en las oficinas del SNAI.

Desde sus cuentas, Martina Y. hizo transferencias a Evely H.A., agente penitenciaria en el Cuartel Modelo, y a Christian M-Ch., agente penitenciario 2, en la cárcel 4 de Guayaquil. Este último guía ha sido procesado por el ingreso de artículos prohibidos

La principal operadora de la organización, Verónica B. también realizó transferencias al menor de edad, Marlon Q.M. En sus cuentas se registraron 139 mil dólares. Desde su Banco este adolescente hizo pagos por 4.000 dólares a la guía penitenciaria Lissete Z.C., que labora en la cárcel 4 de Guayaquil. Y También al agente carcelario Bryan G.N., guía en la Peitenciaría. Ambos tienen juicios por ingreso de artículos prohibidos.

Otro personaje clave en el pago de coimas a los servidores penitenciarios es Doris C.G. El 2021 recibió acreditaciones por 584 mil dólares en sus cuentas de un familiar de Mraiela P.T. Doris C.G. realizó transferencias al conductor del SNAI en la cárcel 1 de Guayaquil, José Antonio P., así como a Christian I.M. empleado administrativo. Segundo César R., asesor de mantenimiento en la SNAI de Guayas, también está en la nómina de pagos, junto a Lenín José Z.F., agente penitenciario en la cárcel 4 de Guayaquil, procesado por provocar un accidente de tránsito y por evasión. La lista de quienes han recibido coimas la completan Ingrid S.V., agente en la cárcel 4, Martha V. V., guía en el presidio Nro 4 de Guayaquil, y Carla G.C., agente que labora en la cárcel 2.

El esquema de crimen organizado es investigado desde el año pasado por agentes de  Inteligencia, que entregaron sus informes a la Policía, para que se encargara de judicializar el caso con la Fiscalía. Más de un año después no ha trascendido el inicio de ningún proceso penal por asociación ilícita que involucre a esta organización delictiva.

Las empresas y comercios de los cercanos del líder de Los Choneros, preso en la cárcel Regional, están ubicados en Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos y Pichincha.

Las actividades más relevantes se enfocan en la comercialización de mariscos, el sector inmobliario, la compra-venta de vehículos, transporte de carga pesada y comercio informal. Los nombres de todas las empresas y representantes, así como las cuentas bancarias, y otras inversiones están en poder de los investigadores.

Contraloría confirma irregularidades sistemáticas en contratación del parque eólico Minas de Huscachaca

La Contraloría confirmó en un examen especial que la contratación del Proyecto Eólico Minas de Huascachaca, en Loja, estuvo plagado de irregularidades en todas sus etapas: desde la fase precontractual y contractual, adjudicada por Elecaustro a la empresa china Dongfang Electric International, hasta la ejecución de las obras, a cargo de Dongfang Ecuador, una firma sin ninguna experiencia, creada a saltos y a brincos, poco antes de ganar el contrato.

Redacción Código Vidrio

En un informe de 137 páginas, publicado el 13 de julio pasado, la Contraloría auditó el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 24 de octubre de 2022 del proyecto, que ha implicado el desembolso de 67.9 millones de dólares, aunque las obras aún no se han entregado oficialmente. Y está pendiente la ejecución de la última etapa, que todavía no está financiada.

Desde el año pasado, Código Vidrio ha investigado las anomalías del proceso. En la reportería se estableció que se atropellaron procedimientos y normativas de contratación en las etapas precontractual, contractual y de ejecución. Electroaustro contrató, para la segunda etapa del proyecto, a la empresa Dongfang Ecuador a dedo, bajo régimen especial, sin una justificación legal sólida. Así se perjudicó a empresas nacionales que podían realizar el transporte, instalación y mantenimiento de los equipos en el país.

En su examen, la Contraloría confirma lo denunciado por este medio y otras entidades públicas y privadas. Y de manera pormenorizada repasa una cadena de anomalías desde la etapa precontractual, que arrancó en el 2019. El gerente de Elecaustro, Antonio Borrero, no dispuso que se publicara en medios internacionales la invitación para presentar ofertas para buscar más propuestas, competitividad y mejores precios. Eso implicó que se limite drásticamente la participación de oferentes. Tampoco se cumplió la etapa de preguntas y respuestas, incumpliendo el cronograma y los pliegos.

Desde que arrancó el proyecto, las denuncias de que el proceso era apresurado y turbio fueron sistemáticas, pero nunca fueron escuchadas ni procesadas por Elecaustro. Por este caso hay denuncias presentadas en la Fiscalía, tanto en Guayaquil como en Quito, a partir del 2021. Varios delitos se investigan, desde peculado y sobreprecios hasta tráfico de influencias.

También se ha denunciado en la Fiscalía supuestos delitos en la internación temporal de la grúa para montar los equipos que llegó a Puerto Bolívar y fue desaduanizada, aunque no cumplía requisitos legales. Además su precio habría sido declarado con montos inferiores, sin sustento ni referencias acordes al mercado, para evitar el pago de tributos.

Contrato no debía dividirse

Una de las principales irregularidades y violaciones establecidas en la auditoría del ente de control se refiere a la división injustificada del proceso en dos contratos: uno para la compra de los autogeneradores y su tranporte al Ecuador y otro para los servicios conexos, que incluyeron el transporte, montaje, operación y mantenimiento de los equipos en el sitio del proyecto. Para esto se contrató a dos empresas: Dongfang International y Dongfang Ecuador, que no es subsidiaria de la primera.

Los pliegos elaborados por la Comisión Técnica y aprobados por el GerenteBorrero presentaron deficiencias.  Por una parte facultaron separar los serviciosconexos de la contratación, para lo cual, de forma posterior, se recurrió a un nuevoprocedimiento mediante régimen especial. Por otra, no se pudo especificar el númerode unidades de aerogeneradores de las ofertas, lo cual  se incluyo posteriormente en otros documentos .

En la evaluación de ofertas, la Comisión Técnica no observó que la propuesta que posteriormente fue adjudicada a la empresa Dongfang Electric Ecuador, no expresó si los servicios conexos serían prestados por el mismo oferente (la empresa china) o por un tercero autorizado, provocando su habilitación sin cumplir los requisitos que se exigían en los pliegos. Es decir que se adjudique el contrato y se adquieran los bienes, sin generar compromisos respecto del valor y condiciones para la prestación de los mencionados servicios conexos (transporte de los generadores y torres desde el puerto de Bolívar hasta Loja, instalación y mantenimiento). Esto pese a que la oferta adjudicada establecía un precio para su prestación, que fue uno de los parámetros de evaluación que la ubicaron en el primer lugar del orden de prelación.

Elecaustro asume trabajos de la contratista

Los pliegos del proceso determinaron como obligación del contratista el suministro y puesta en marcha de torres meteorológicas para el monitoreo y operación del parque eólico, que selimitó a una sola torre.  Sin  embargo, el gerente Borrero suscribió un Memorándum de Entendimiento, que no estaba previsto en la etapa contractual, con el Director dela Unidad de Supervisión de Proyectos y el Representante de la contratista. Pero antes de suscribir el contrato, el documento modificó esta exigencia, delegando la responsabilidad del suministro, instalación y puesta en marcha de la torre a Elecaustro, aunque era una responsabilidad de la contratista.

El trazado de vías de acceso y un puente también son parte del conjunto de obras del contrato firmado por Elecaustro. Foto cortesía Elecaustro.

Hasta el corte del período examinado, la entidad no gestionó la instalación de la torre para el monitoreo y operación del parque eólico.

Además , Elecaustro aceptó como válido un modelo de aerogenerador cuya característica de turbulencia era inferior a la mínima exigida en los pliegos, lo cual fue ratificado a través de un «Memorándum de Entendimiento» suscrito  posteriormente, que recomendó la adjudicación a una contratista que -según Contraloría- debía ser rechazada,  por incumplir los requisitos y especificaciones técnicas de los pliegos. Eso implicó que en la ejecución del contrato deban cambiar, sobre la marcha, el modelo y la cantidad de los aerogeneradores por otros apegados a las necesidades del proyecto. Así se afectó el trato igualitario a todos los oferentes.

La fiscalización también evaluó la idoneidad de los aerogeneradores contratados, en relación al sitio del proyecto. Observó que no se adecuaban a la intensidad de la turbulencia, por lo cual el contratista presentó una nueva propuesta con un modelo distinto de aerogeneradores con mayor potencia individual reduciendo la cantidad de 16a 14 unidades. Eso estaba prohibido por el contrato y también se intentó corregir durante la aplicación del contrato con una Adenda Modificatoria, firmada por Borrero.

Contratista improvisada sin experiencia

El examen de Contraloría concluye que en la segunda etapa de la contratación, en los servicios conexos, para el manejo de los equipos en a su llegada al puerto, trasporte terrestre al sitio del proyecto, montaje e intalación, puesta en marcha y mantenimiento, no se contrató a una empresa solvente. La ganadora, sin concurso, fue Dongfang Ecuador, que no tenía relación alguna con la empresa china. Además se estableció un presupuesto superior al establecido y no se aplicaron correctamente los requisitos de experiencia técnica, tiempo de existencia legal, y patrimonio sobre la oferta presentada. Así se provocó que se contemple en el objeto de la contratación servicios para los cuales el oferente invitado no constituía proveedor único, ni tenía la habilitación para prestarlos. Tampoco era filial del proveedor de los aerogeneradores. Se le entregó el contrato, a pesar de que incurría en causales de rechazo, por no cumplir los requisitos mínimos de experiencia específica, tiempo de existencia legal y patrimonio. Además se contrataron los servicios conexos por un valor superior al correspondiente por modelo y cantidad de aerogeneradores. Esto comprometió 1,2 millones de dólares para favorecer a Dongfang Ecuador, en perjuicio del Estado.

La construcción del parque eólico en el Austro está en un 92% de avance. Y para su finalización requiere de más presupuesto.

Subcontratación arbitraria sin autorización

El deficiente control en el proyecto permitió que el contratista, de forma reiterada, suscribiera contratos con terceros, sin autorización, sin demostrar la capacidad y habilitación de los subcontratistas para prestar estos servicios, por montos superiores al límite permitido. Eso también implicó que parte de los equipos fueron transportados en vehículos alquilados, sin que Dongfang cuente con permisos de operación como transportista de carga pesada. en este caso debió aplicar multas por 34 mil dólares. No lo hizo.

Las pólizas, una ficción

Así mismo, la auditoría dirigida por Juan Fernando González, detectó que el transporte y montaje de los equipos no tuvo una cobertura de pólizas de seguro.

El deficiente control sobre la pertinencia de pólizas de seguro, así como la de responsabilidad civil, por daños a terceros, abrió las puertas para que la contratista responsable de los servicios conexos no adquiera esas coberturas por su cuenta  como mandaba el Contrato. Electruastro aceptó pólizas contratadas en el exterior por la empresa china proveedora de los aerogeneradores para cubrir todo riesgo y responsabilidad civil de montaje y para el transporte de los bienes. “Así incumplió sus obligaciones contractuales  sin ser observado  oportunamente  por la administración y/o fiscalización del contrato”. Si ocurría algún siniestro ninguna empresa respondía económicamente en el país.

El Consejo de Participación, en carrera frenética para nombrar Contralor

Un juez dispuso que el organismo reinicie el concurso desde la fase de admisibilidad, en la que se debía revisar que los postulantes cumplieran todos los requisitos reglamentarios para optar por el cargo de Contralor. El Consejo no ha acatado la disposición judicial de descalificar a los aspirantes que no cumplen con todos los requerimientos. 103 inscritos entraron en la carrera para esta dignidad, aunque más del 50% de los aspirantes no reúne lo requerido.

Por Ana María Carvajal
Alianza Código Vidrio – Vistazo

El proceso avanza a toda máquina, como una locomotora sin frenos, con el riesgo de descarrilarse. Sin, embargo, dos años no fueron suficientes para que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) elija al nuevo contralor del Estado. En este tiempo han pasado cuatro presidentes por el Pleno; se aprobaron dos reglamentos con cambios sustanciales entre uno y otro, para designar a esa autoridad.

Ahora, entre acciones de protección, sentencias y críticas, el organismo, presidido por Alembert Vera, intenta cumplir con un cronograma que terminaría en octubre próximo, con la posesión del nuevo Titular.

De concretarse ese paso, la nueva autoridad que debía haberse nombrado el año pasado, llegará al cargo en medio de un proceso polémico, repleto de cuestionamientos e irregularidades, que afectarán la credibilidad y confianza en su gestión.

El 9 de junio pasado, la mayoría del pleno del CPCCS decidió acatar parcialmente la sentencia del juez Juan Gómez. Él dispuso que el organismo y su comisión de selección reiniciaran el concurso desde la fase de admisibilidad, en la que se debía revisar que los postulantes cumplieran con los requisitos reglamentarios. El juez acogió en abril pasado la demanda de Andrea Medina Bachmann, quien no participó en el concurso. Entonces, Gina Aguilar presidía el CPCCS.

El Consejo no acató la disposición del juez de descalificar a todos los postulantes que no cumplieron con todos los requisitos. Así, los 103 inscritos entraron en la carrera para ser el nuevo contralor, aunque muchos de ellos no entregaron lo requerido en el reglamento.

Los vocales solo acataron disposiciones más formales, como pedir disculpas públicas, por no haber tomado acciones afirmativas en pro de la paridad de género en el reglamento del concurso.

El martes 18 de julio terminó el plazo para presentar impugnaciones ciudadanas. El Consejo recibió 67 impugnaciones. Ante la consulta de Código Vidrio la entidad informó que aún no se conocía cuántos candidatos fueron cuestionados. Sin embargo, trascendió que al menos 54 candidatos están objetados, precisamente por no haber cumplido todos los requisitos.

Dos años ha tardado el Consejo de Participación en nombrar al nuevo contralor. A cargo de la entidad está Carlos Riofrío, quien reemplazó a Pablo Celi, sentenciado en el caso las Torres.

Guido Egas, quien hasta el lunes era coordinador de la veeduría del proceso, renunció a su cargo para impugnar personalmente a 54 participantes, que no presentaron una declaración juramentada de probidad notoria. El concurso ha pasado por varias dificultades; tanto el pleno del CPCCS como la comisión de selección no han tomado en serio las ocho alertas que la veeduría ha presentado sobre temas que afectarían la legitimidad del concurso.

Ahora, una nueva acción de protección está en proceso. El 11 de julio pasado, Oliver Vinueza presentó el recurso judicial precisamente ante el incumplimiento de la disposición judicial de descalicar a los concursantes que no cumplen todos los requisitos. Si se comprueba que el Consejo no cumplió integralmente la sentencia, la demanda busca que la Corte Constitucional ejecute el fallo y disponga sanciones por inobservar esta decisión judicial.

La inestabilidad en la Contraloría

Los problemas del concurso están directamente ligados con la inestabilidad institucional, dice Mauricio Alarcón, director de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, que ha vigilado el concurso. Subraya que no es positivo para la institucionalidad que el actual contralor subrogante Carlos Riofrío esté prorrogado en funciones 16 meses y aún es incierto quién y cuándo lo reemplazará.

Según su análisis, la inestabilidad no está solo en la Contraloría sino también en el CPCCS, Las pugnas políticas han llevado a que el proceso que empezó con Sofía Almeida como su presidenta, pasara por un sinnúmero de incidentes y tropiezos,  incluida su destitución. Luego  vino la designación de Hernán Ulloa y el juicio político que lo cesó. Tras eso, la llegada de Gina María Aguilar y, luego de las elecciones, la posesión de Alembert Vera, quien enfrenta un proceso en el Tribunal Contencioso Electoral, que lo puede dejar fuera del cargo.

Vera es investigado por una supuesta infracción electoral grave en la campaña pasada. Enfrenta el caso junto a Marcela Aguiñaga, prefecta del Guayas, como directora de UNES (Revolución Ciudadana). Según la denuncia, tanto ese movimiento como su líder, el expresidente Rafael Correa, apoyaron la campaña de Vera, quien usaba los colores de ese partido en spots publicitarios y productos para redes sociales. Esto está prohibido para los candidatos a consejeros del CPCCS.

Alarcón observa que, además de la arrogación de funciones de la comisión de selección, hay candidatos cuya experiencia académica y laboral nada tiene que ver con las funciones que debe cumplir un contralor del Estado.  Al revisar los perfiles de los participantes, hay muchos que no cumplen con requisitos básicos, como tener un título afín al cargo.

Los lunares del concurso

El concurso determina que los postulantes deben haber cursado carreras en todas las áreas del Derecho, Auditoría, Administración, Ingeniería Comercial y Administración Pública. Pero entre los postulantes hay un ingeniero eléctrico.  “¿Qué hace en este concurso? ¿Hay algún interés por parte de las autoridades o comisiones técnicas de permitir que algunos candidatos sigan en carrera o puedan incluso entrar a la Contraloría?”, cuestiona Alarcón. Existen casos de postulantes claramente vinculados con intereses políticos como Moisés Tacle, quien fue asambleísta por PSC-Madera de Guerrero; Juan Falconí Puig, exembajador en Londres y representante de Ecuador en la Organización Mundial del Comercio, en la presidencia de Correa; o Darwin Seraquive, miembro del CPCCS Transitorio.

Vicente Taiano, ex asambleísta.
Carlos Brunis, dirigente taxismo.
Moisés Tacle, exlegislador PSC.

También participa el exasambleísta Vicente Taiano, quien junto a Álvaro Noboa fundó el desaparecido PRIAN y fue su compañero de fórmula en 2006. Otra exfuncionaria del correísmo es Mónica Gavilánez, quien formó parte de la comisión ciudadana que dirigió el concurso que ganó Carlos Pólit. Correa fue quien lo posesionó. Aparece, además, el dirigente del taxismo, Carlos Brunis, quien ha sido clave en negociaciones con autoridades sobre tarifas de transporte y protagonista en paros en contra de la eliminación de subsidios a los combustibles.

Oleada de cuestionamientos

El concurso ha pasado no solo por cuestionamientos externos y el retiro del aval de la veeduría ciudadana, cuando Ulloa se posesionó como presidente. También hay observaciones internas, como la de la consejera Mishelle Calvache, de minoría, quien es tajante al decir que es un proceso inviable.

Ella cree que debería declararse desierto el concurso y empezar uno nuevo, pues todos los problemas que se han presentado en el camino son insubsanables. Los 103 concursantes están bajo una bruma que pone en duda su legitimidad.

Calvache también cuestiona que se haya colocado una valoración muy alta para quienes tienen amplia experiencia en el sector público, sin establecer en qué área, y que haya puntuaciones bajas para quienes tienen méritos académicos mayores y más relacionados con el cargo de un contralor.

Pero más allá de eso, el temor en el que coincide con Alarcón y Egas, es que un juez en segunda instancia pueda fallar de modo distinto y cambiar las reglas del juego otra vez y el prolongado concurso tendría que reestructurarse nuevamente.

Lo ideal -destaca Calvache- sería formar una nueva comisión ciudadana de selección y redactar un nuevo reglamento. Pero, actualmente, la mayoría del Consejo ha votado para que continúe y se cumpla con un cronograma a toda costa sin reparar en todas las arbitrariedades en la selección.

Las pugnas en el CPCCS son el reflejo de lo que ocurre afuera y una evidencia que la Fiscalía  y la Contraloría  son las joyas de la corona.

La batalla por designar a un nuevo contralor o fiscal no está únicamente entre los postulantes sino en quienes están detrás de ellos y acuden a la justicia como un mecanismo para mover las fichas a su favor. Esto preocupa a la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, que considera que hay un abuso de las acciones de garantías en estos procesos, como ya ha ocurrido repetidamente en el área penal.

Esto ha permitido que candidatos que no cumplen con los requisitos vuelvan al juego y hasta tengan posibilidades de ganarlo, pues una sentencia puede molestar pero debe cumplirse, con las consecuencias que esto conlleva. En este caso -dice Alarcón- lo que puede ocurrir es que se elija a un contralor como una autoridad sin legitimidad, pero eso sí, que satisfaga los intereses políticos de quien está detrás.

Estas son las DIEZ claves para descifrar el caso GABELA

La Comisión  que investigó el asesinato del general Jorge Gabela concluyó que no se trató de un delito común. En la reconstrucción del tercer producto estableció que los autores intelectuales del crimen serían los exgenerales de la FAE, Alonso Espinosa y Rodrigo Bohórquez.  Esa conclusión habría sido parte del reporte que en 2013 entregó el perito Roberto Meza a la Comisión del correísmo, que habría manipulado y ocultado los resultados del peritaje. El expresidente Rafael Correa ha cuestionado la idoneidad de Meza y la validez de la investigación. 

Redacción Código Vidrio

Una vez que la Comisión integrada para reconstruir el tercer producto del caso terminó su trabajo el jueves, sobre las causas del asesinato del general Jorge Gabela en 2011, la Fiscalía inició esta semana su propia investigación.

Estas son las fichas claves del rompecabezas del caso Gabela.

Un general incómodo. Jorge Gabela se opuso, entre 2007 y 2008, a la compra de siete helicópteros Dhruv, fabricados por una empresa de la India. Desaconsejaba la adquisición por graves problemas técnicos. Llevó su crítica hacia el Gobierno de Rafael Correa, lo que a larga detonó su salida de la Fuerza Aérea, donde era comandante general.

Una compra a costa de todo. El 2009 se compraron las siete naves a un monto superior a 47 millones de dólares. En octubre se accidentó la primera.

La amenaza su cumplió. En febrero del 2010 se reunía en la Asamblea la Comisión de Fiscalización para conocer los detalles de la compra. El general Gabela recibió amenazas, en público. “Ya vas a ver lo que te pasa”, denunció en esa comisión que era perseguido. En diciembre de ese año, cuando su hija regresaba a su casa, fue abordada en la puerta de la urbanización. El general salió a defenderla y recibió disparos. Murió días después.

El Comité entra en escena. Corría octubre de 2012.  mediante decreto ejecutivo 1317, el gobierno de Correa creó un comité interinstitucional, frente a las denuncias de la viuda del general, en el sentido de que la muerte no fue producto de la delincuencia común. Ese comité contrató los servicios Roberto Meza, argentino radicado en Brasil, como perito.

El triple juego de los informes. El contrato establecía que el perito debía entregar: un plan de trabajo (producto uno), una descripción de los hechos con una primera conclusión (producto dos). Solamente si la tesis del delito común quedaba descartada, el perito debía realizar y entregar el producto tres, esbozando la hipótesis de los autores intelectuales del crimen.

La tesis del delito común se desbarata. En 2013, Meza entregó el tercer producto, con lo cual se confirma que logró establecer que NO fue un delito común, sino un crimen planificado. Quedó evidencia de que recibió el pago, por este informe. Al entregar la documentación dejó el país.

Correa intenta curarse en salud. En el enlace ciudadano 410, del 7 de febrero de 2015, el entonces presidente Correa insistió en la tesis del delito común. Sin embargo, no había recibido aún el informe final del comité especial que su gobierno había creado, tres años antes. Pocos meses después, la viuda del general recibió un documento como informe final de la comisión: su conclusión insistía en la tesis del delito común. Sin embargo, ella detectó que había contradicciones en el informe, quedaron fojas que hablaban del tercer producto, es decir, el que había abordado la posibilidad de un crimen planificado, relacionado con las denuncias que había hecho su esposo. El perito volvió al país y explicó que por la cláusula de confidencialidad no podía revelar el contenido final, porque, además, los documentos de respaldo le fueron incautados cuando terminó su trabajo.

La pesadilla del crimen de Estado. Una comisión legislativa especial, independiente, concluyó en 2018 que hubo un probable crimen de Estado. Detectó que luego del crimen, hubo una intención deliberada de encubrir los hechos. Los documentos que elaboró el perito fueron forjados y alterados.

La Corte abre la caja de Pandora. Un dictamen de la Corte Constitucional, de este año, obligó al Estado a reconstruir el tercer producto, para lo cual el perito fue nuevamente contratado.

Los vaticinios de Gabela se cumplieron. Cuatro de las siete aeronaves cayeron, en 2009, 2014 y 2015. Las principales causas se deberían a fallas de los equipos y eventualmente a fallas humanas.

 

Nuevo revés para la FAE por póliza del radar de Montecristi

Un nuevo revés sufrieron las Fuerzas Armadas por la fallida instalación del radar de Montecristi. La Superintendencia de Compañías y Seguros (SIC) resolvió que la reparación que Interoceánica debe cubrir por la destrucción del equipo no sea de 7,2 millones, como estableció la Intendenta de Seguros. En cuestión de semanas cambió de opinión: fijó el monto en 5 millones. Así el Estado habría perdido por este siniestro alrededor de USD 6 millones, pues el radar estaría valorado en alrededor de USD 11 millones.

Redacción Código Vidrio

El 9 de junio pasado, la Superintendencia de Compañías dio un giro radical. Mediante resolución No. SCVS-INPAI-2023-00039820, ratificó que el pago de la reparación a favor del Ministerio de Defensa (Midena) por el atentado al radar de Montecristi sea por el valor límite correspondiente a la cobertura de “asonada, motín, conmoción civil o popular, huelga, actos mal intencionados de terceros, sabotaje y terrorismo”. En este caso, todos los informes técnicos adjuntados para el proceso de cobertura, incluido el de la Junta de Accidentes,  confirmaron que el radar fue destruido por un atentado, causado por un aparato explosivo. No por un daño mecánico de sus componentes, que era una de las hipótesis iniciales.

El pago de la indemnización de la aseguradora fue precisamente el motivo por el cual desde cuando ocurrió el siniestro -el 7 de noviembre del 2021- el Midena ni el mando militar reconocieron que se trató de una atentado terrorista. Dijeron que primero se debía esperar que sea la Fiscalía la que estableciera que esa fue la causa del daño.

El pasado 2 de junio la Fiscalía formuló cargos por un supuesto delito de sabotaje contra 13 de los 14 militares investigados por este caso. El juez Leiver Quimís aceptó el pedido de formulación. Los uniformados encausados eran parte del equipo asignado a la seguridad y patrullaje del Cerro Montecristi, donde fue instalado el equipo, sin las mínimas seguridades ni un plan o protocolo para prevenir atentados.

Inicialmente, en este caso estuvieron involucrados más de 20 militares, que fueron sancionados por la Inspectoría de la FAE, pero sus procesos administrativos disciplinarios prescribieron. Todos los militares coincidieron en que solo siguieron órdenes directas de sus superiores. Por eso, Walter Barrera, abogado de algunos de los uniformados enjuiciados, dijo que el mando aéreo fue el principal responsable y durante este proceso solo ha buscado chivos expiatorios entre sus subordinados.

Luego del atentado salieron a la luz una serie de negligencias de la cúpula aérea, liderada entonces por el comandante Geovanny Espinel, según un alto funcionario que en la época investigó el caso en el Midena.

Según documentos oficiales, el radar LTR-20 se montó al apuro, sin contar con estudios de seguridad ni planes de riesgos. Tampoco tenía seguridad física alguna como mallas, concertinas, cámaras de vigilancia ni iluminacion. Solo se dispuso un dispositivo mínimo de uniformados para su vigilancia, las 24 horas del día. Esa alta vulnerabilidad fue aprovechada para concretar el atentado criminal que el domingo 7 de noviembre, a las tres de la mañana, destruyó la espina del equipo, que quedó totalmente inservible.

La disputa entre la FAE y la aseguradora

Precisamente, la calificación del siniestro fue el detonante de una disputa entre la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE), como operador del radar, e Interoceánica. Esa controversia se dirimió con el fallo de la Superintendencia de Compañías a inicios de junio, aunque un mes antes la Intendenta de Seguros le había dado la razón a la FAE, fijando la reparación en USD 7,5 millones. En ese pronunciamiento (1 de mayo) de Alexandra Caizahuano, intendenta Nacional de Seguros, se detalla una serie de incumplimientos de Interoceánica, que no acató su obligación de cubrir la indemnización, un mes después del siniestro. La aseguradora tardó más de un año en tramitar la cobertura, según el informe de la SIC.

En ese reporte, de 14 páginas, Caizahuano estableció que la causal que Interoceánica alegaba para pagar los 5 millones, no cabía. Debía estar respaldada por un pronunciamiento de la Fiscalía, que es la única autoridad competente para calificar el siniestro como un sabotaje, pues se trata de un delito contra la seguridad pública. Para entonces no existía un pronunciamiento formal de la Fiscalía ni del juez de la causa, sobre el inicio del proceso por sabotaje, lo cual ocurrió un mes después.

Ante la consulta de este medio, Interoceánica informó que el 24 de febrero pasado notificó a la FAE que el reclamo presentado fue aceptado, dentro de la cobertura de «Asonada, motín, conmoción civil o popular, huelga, actos mal intencionados de terceros, sabotaje y terrorismo» y solicitó las instrucciones para proceder con el pago respectivo. Entonces, las autoridades de la FAE interpusieron un reclamo administrativo ante la SIC, que fue respondido el 9 de junio, fijando el pago al Midena de USD 5 millones. “Interoceánica inició con el proceso de pago, según lo dispuesto por nuestro ente de control, reafirmando así su compromiso con nuestros clientes y el país”, subrayó la empresa. “La resolución no redujo el monto de la póliza. Establece que el pago sea bajo una cobertura con un límite de indemnización, según condiciones establecidas por el MIDENA”.

La resolución de la intendenta Caizahuano, sin embargo, es puntual. “Al no haberse determinado legalmente y por autoridad competente que el siniestro hubiere sido causado por un acto delictivo y concretamente por sabotaje, conforme a lo alegado por la empresa de seguros, se concluye que el valor que corresponde pagar por los daños ocasionados al bien asegurado es de USD 7 ́200.000 dólares”. Desde el inicio de la reclamación, tras el sabotaje al radar, el Midena exigía USD 9,2 millones como indemnización a Interoceánica.

El 19 de diciembre de 2022 el Midena formalizó la reclamación ante la empresa de seguros. Desde entonces, según la Intendenta Caizahuano, empezó a correr el plazo de 30 días previsto en el artículo 42 de la Ley General de Seguros para cancelar la reclamación. Sin embargo, la empresa no emitió pronunciamiento alguno, violentando el artículo 726 del Código de Comercio. Esa norma establece que ante la falta de respuesta de la empresa, en el plazo previsto, el reclamo se entiende como aceptado.

En consecuencia, la Itendenta dio luz verde al reclamo de la FAE y fijó el pago de 7,2 millones como reparación. Pero semanas más tarde su pronunciamiento fue apelado y conocido por la SIC, que le dio la razón a Interoceánica. Entonces fijó el pago en USD 5 millones.

Así quedó la parte principal del radar tras el atentado explosivo

Aseguradora entró en liquidación forzosa

No es la primera vez que Interoceánica le gana una partida al Estado. En enero del 2020 la Superintendencia de Compañías declaró la liquidación forzosa de la aseguradora porque durante cuatro años, desde 2016, no cumplió ni presentó un plan de regularización para cubrir su déficit de inversiones obligatorias.

A noviembre de 2019 el déficit en las inversiones era de USD 1,6 millones, que no fue subsanado hasta la liquidación. En consecuencia la SIC revocó a la empresa el certificado de operación e inhabilitó en sus cargos a los administradores, desde enero de 2020.

Un mes después, los abogados de la empresa presentaron una acción de protección que fue concedida por jueces de un Tribunal laboral de Guayaquil, que dejaron sin efecto la liquidación. Interoceánica nunca dejó de operar en este lapso, según indicaron en un comunicado.

Por esos mismos días, este fallo fue denunciado por el Consejo de la Judicatura, dentro del esquema de vulneración del sistema informático SATJE de sorteos de la Función Judicial. Se trata de 119 casos que fueron asignados a jueces específicos, por fuera del esquema automatizado de causas, y está bajo la investigación de la Fiscalía.

Consultados por esta acción, los directivos de Interoceánica indicaron que existió una vulneración de los derechos constitucionales de la empresa a la seguridad jurídica, al debido proceso y al derecho de petición. “En ese periodo, Interoceánica cumplió con sus obligaciones pese a la grave crisis económica que atravesaba el país”, agregaron.

Sobre la investigación de la Fiscalía, manifestaron: “No nos corresponde a nosotros pronunciarnos, ya que no somos la entidad denunciante y no tenemos nada que ver sobre ese tema en específico. Nuestra Acción de Protección fue ingresada el 14 de enero de 2020 y la demanda del CJ señala las fechas entre 29 de enero de 2020 al 16 de marzo de 2020; por ende, dentro de dichas fechas jamás pudo haber estado la demanda ingresada por nuestra compañía”.

No obstante, los casos denunciados, según los funcionarios consultados que los investigaron en su momento, corresponden a vulneraciones detectadas desde diciembre del 2019, cuando los informáticos del Consejo instalaron alertas automáticas para identificar los casos que eran direccionados a jueces específicos. Así contaron con suficiente información para entender el patrón de los ilícitos y el mecanismo utilizado, para sustentar la denuncia penal, que se presentó en Fiscalía y se encuentra en indagación previa.

Interoceánica niega incumplimientos en inversiones

También consultamos a Interoceánica si hizo los correctivos que pidió la SIC sobre las deficiencias con las inversiones. “El criterio de que Interoceánica no cumplió el plan de regularización para cubrir déficit de inversiones es falso totalmente, ya que la Superintendencia dejó sin respuesta oportuna a todos nuestros pedidos de atención al programa de regularización presentado en base a la normativa vigente», señaló.

“Es así como dentro de las consideraciones de la sentencia dictada por el Juez de la Unidad Judicial de Trabajo con sede en Guayaquil se estableció que la resolución de la Superintendencia de Compañías, emitida el 9 de enero de 2020, careció de motivación y fue inválida por violentar la seguridad jurídica de la compañía, provocando una situación de inestabilidad», destacó la empresa.

Según Interoceánica, la sentencia del tribunal que deja sin efecto la supuesta liquidación forzosa fue en julio del 2020 y la compañía cumple con sus obligaciones desde mayo del 2020, evidenciando que se cumplió antes de dicha sentencia.

Electroaustro contrató parque eólico a dedo, perjudicando a empresas locales

El proyecto eólico Minas de Huascachaca avanza contra viento y marea. En el camino ha atropellado procedimientos y normativas de contratación en las etapas precontractual, contractual y de ejecución, según varias denuncias e informes de organismos de control. Electroaustro contrató a la empresa china Dongfang Ecuador a dedo. Sin justificación legal, esa firma subcontrató a otra compañía, perjudicando empresas nacionales que podían realizar el transporte, instalación y mantenimiento de los equipos en el país. La Contraloría emitirá esta semana un examen especial que ratifica una cadena de irregularidades. Nota actualizada este 11 de julio. 

Redacción Código Vidrio

Fue como un huracán: arrasó todo a su paso. La contratación del parque eólico Minas de Huascachaca, en Loja, entre la estatal Electroaustro y la empresa china Dongfang Electric Ecuador, se hizo a dedo; al igual que la subcontratación que concretó la firma china, perjudicando a las compañías nacionales que fueron marginadas.

El proyecto avanzó, desde el 2021, contra viento y marea, en medio de denuncias y alertas constantes de irregularidades de organismos privados y públicos; incluida la fiscalizadora, que no fue escuchada por las autoridades, en sus recomendaciones de corregir el proceso. Si se asumían, las alertas incluso habrían implicado la terminación unilateral del contrato.

En octubre pasado, Código Vidrio denunció anomalías en la subcontratación, plazos que no coincidían, sobreprecios, denuncias por posible intromisión en la justicia…

Desde abril de este año retomamos la investigación, en medio de la inacción y silencio de las autoridades. Revisamos detalladamente y contrastamos nueva información sobre el contrato firmado por Electroaustro, mientras fue gerenciada por Antonio Borrero.

Uno de los documentos más esclarecedores es del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP). Ese oficio, fechado 7 de enero del 2022 y dirigido al contralor Carlos Riofrío, detalla los hallazgos encontrados en el “Manejo en Puerto, transporte terrestre al sitio del proyecto, montaje, instalación, puesta en marcha, operación y mantenimiento por dos años de los autogeneradores, torres y equipos del parque eólico”. Este tiene una capacidad de 50 MW de potencia, para dotar de energía elécrica a 90 mil familias del austro. Costó USD 61,2 millones y fue contratado en julio de 2021.

La construcción del complejo eólico también comprendió el trazado de accesos de primer  orden y un puente. Foto cortesía Electroaustro. 

Para la ejecución del parque, Electroaustro realizó dos procedimientos de contratación:

-El primero para la fabricación, transporte marítimo y entrega en el puerto ecuatoriano de los autogeneradores, por USD 49,8 millones.

-El segundo fue para el manejo en el puerto, transporte terrestre al sitio del proyecto, montaje, instalación, pruebas, operación y mantenimiento. El costo fue de USD 11,4 millones. Estos se denominan servicios conexos.

Para el SERCOP, la adquisición por separado no tuvo ninguna justificación legal, en diferentes procesos, de los equipos y los servicios conexos. Ambos debieron estar contemplados como un solo procedimiento en la licitación internacional que se realizó. La razón es que la compra de los equipos estaba sujeta a las normas del país donde se contrataron. En este contexto, los servicios conexos debían ser un accesorio complementario, integral, no dividido.

El complejo eólico se encuentra en Loja, cantón Saraguro, parroquia San Sebastián Yuluc. Sus obras se ubican en mesetas planas orientadas de sur a norte, denominadas Uchucay y Yuluc. Ahí se emplazarán 14 aerogeneradores. Foto cortesía Electroaustro.

Las empresas nacionales, fuera de juego

Por el contrario, Elecaustro firmó con Dongfang un segundo contrato, para el traslado de los equipos desde su llegada al país y posterior instalación, bajo la figura de régimen especial con un proveedor único extranjero, sin ningún fundamento legal. Eso pese a que en el país habían otras empresas que podían concursar y estaban en capacidad de realizar los servicios conexos, ofertando precios más convenientes. Así Elecaustro habría violado el artículo 4 de la Ley de Contratación y el principio de legalidad. Esto, según expertos consultados, incluso implicaría un posible delito.

Para justificar la adjudicación sin concurso, Dongfang advirtió que no se haría cargo de la garantía técnica de los equipos, si el traslado lo hacía una contratista que no sea recomendada por ellos. Esto también fue argmentado por Electroaustro para la asignación del proyecto.

El transporte de los generadores no tuvo la cobertura real de una póliza de riesgos, según las denuncias. La aseguradora mencionada en el contrato no existe ni está domiciliada en Ecuador.

Pero el SERCOP dejó sin piso esta justificación. En el oficio SERCOP-DSP-2022-0267-OF, de 17 de enero de 2022, concluyó: “Es preciso resaltar que la Garantía Técnica se encuentra estipulada en el artículo 76 de la LOSNCP y debe ser requerida en la adquisición de ciertos bienes conforme lo determina dicha normativa, más no está enfocada a tipos de procedimientos de contratación ni proveedores”.

Por lo tanto -señaló- “no es jurídicamente factible declarar a Dongfang como proveedor único, por cumplimiento de Garantía Técnica”.

El oráculo de Dongfang

Es más, la misma empresa china, que fue constituida exclusivamente para este proyecto con un capital de mil dólares, y no tenía experiencia alguna en este campo, subcontrató a otra firma para esos servicios. Escogió al Consorcio Santa Fe-Montejo, por USD 7 millones, lo que representa el 100 % del valor del traslado de los equipos. La ley no permite subcontratar más del 30% del costo total. Ninguna de las subcontrataciones fue aprobada por la Fiscalizadora que estuvo a cargo de la Empresa Pública de la Universidad de Cuenca UCUENCA EP.

El contrato con Dongfang fue firmado por Elecaustro, mientras era gerenciada por Antonio Borrero. El año pasado, él acudió a la Comisión de Fiscalización para responder por todas las denuncias de anomalías.

Santa Fe-Montejo es un consorcio colombo panameño. Fue subcontratado pese a que no tenía títulos habilitantes para realizar el transporte de esos equipos en el país. Tampoco registraba personal en nómina.

En esa subcontratación gravitó también un factor con tintes metafísicos. El contrato  entre Dongfang y Santa Fe-Montejo se firmó el 8 de octubre del 2020, diez meses antes de que Elecaustro adjudique la obra a la fima china.

Tras revisar la ejecución del contrato con Dongfang, el SERCOP concluyó: “La entidad contratante ha inobservado la normativa vigente, afectando los principios y objetivos fundamentales del sistema de constratación pública”.

En su comparecencia ante la Comisión de Fiscalización de la Asamblea (disuelta el año pasado), entonces dirigida por Fernando Villavicencio, Borrero defendió la legalidad de la contratación. Al ser consultado por este medio sobre las irregularidades, respondió que no volvería a referirse a los contratos, pues ya no es un vocero oficial. Gerenció la empresa 17 años, hasta el 18 de agosto del 2022.

Diana Andrade, directora jurídica de Elecaustro, dijo en la misma Comisión que no hubo ninguna subcontratación en el proceso. Que más bien se trató de un contrato de provisión de bienes, que estuvo amparado en la legislación nacional.

Actualmente la obra registra un avance del 92%, según informes oficiales. Se concluyó la fase Uno, con la construcción de vías, un puente y una escombrera. La segunda fase del proyecto se subdividió en dos sub fases:

-La Fase Dos A, que está concluida e incluyóel suministro, construcción y puesta en operación de la Subestación Uchucay, línea de transmisión a 138 kV y la Subestación de seccionamiento La Paz.

Y la Fase Dos B, que está en ejecución para el suministro, construcción y puesta en operación del parque eólico Minas de Huascachaca, de 50 MW. Incluye el diseño, suministro, transporte e instalación de aerogeneradores, circuito colector, vías de acceso en su eje 3, plataformas y cimentaciones de los equipos.

Las pólizas, otro cuento chino

En cualquier obra pública el transporte de los equipos para ejecutarla debe estar asegurado, en caso de un accidente. Eso, al parecer, tampoco ocurrió en esta contratación.

Al revisar las garantías de “Todo Riesgos Construcción y Todo Riesgo Transporte” presentadas por Dongfang, este medio constató que la póliza de cobertura registrada está a nombre de la Aseguradora China PICC.

La póliza (Construction/Erection All Risks and Third Party Liability Insurance N° P5GB20225101000000002) está en idioma chino. Al estar en ese idioma, la póliza y sus cláusulas no se pudieron verificar. Precisamente, estas irregularidades fueron advertidas, tanto por la Auditoria Interna de Elecaustro como por la Fiscalizadora.

Pero hay más novedades. La empresa aseguradora PICC no está domiciliada ni resgistrada en la Superintendencia de Compañías. La ley establece que cualquier proyecto ejecutado debe contar con un seguro emitido por una empresa domicilada en el país.


La póliza está a nombre de la aseguradora china PICC,
que no existe en el país

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La póliza se emitió para una cobertura entre el 29 de abril de 2020 y el 16 de septiembre de 2022. Sin embargo, según una denuncia presentada por la Cámara de Transporte Pesado del Ecuador (Canatrape), esa póliza también aseguraba a contratistas y subcontratistas del proyecto como Donfang, WCT y Transportes Montejo. Cuando se emitió la cobertura, en abril de 2020, Dongfang ni siquiera existía como compañía en Ecuador. Se constituyó cuatro meses después, el 8 de julio de 2020. Y Transportes Montejo se creó el 20 de mayo de 2021, un mes después de la emisión de la póliza, señaló Canatrape.

La Universidad de Cuenca denunció las irregularidades a las autoridades de Elecaustro. No obstante, en el oficio NEEGA-USUP-2022-0138-OF, Elecaustro respondió que la fiscalizadora “no tiene competencia para pronunciarse sobre la validez de la pólizas”.

En agosto pasado, la entonces legisladora Marjorie Chávez pidió que la Contraloría realizara una nueva verificación de la ejecución de las obras y de los contratos. Desde entonces el organismo de control realizó un nuevo examen especial, que ya está listo y se hará público esta semana, según conoció este medio.

El examen ratificaría un sinnúmero de irregularidades en la contratación y ejecución del proyecto.

 


ACLARACIÓN: En el reportaje difundido este lunes 10 de julio se mencionó erróneamente que el gerente de Electroaustro era primo hermano del vicepresidente de la República, Alfredo Borrero. En una carta dirigida a este medio el Vicepresidente aclaró que no tiene ese grado de parentesco con el exgerente de Electroaustro, ni tampoco una relación cercana con él. Lamentamos la equivocación y ofrecemos disculpas al Vicepresidente y nuestros lectores.      

Con la venia de Judicatura, Rosillo concursa para ser juez

El año pasado, el Consejo de la Judicatura (CJ) había separado del concurso para jueces anticorrupción a Vinicio Rosillo, cuando descubrió que la Fiscalía lo destituyó en 2012, por haber cometido un delito flagrante de acoso sexual, con una alumna suya, en un motel de Santo Domingo de los Tsáchilas. Este año Rosillo revirtió la separación del concurso, con un recurso de protección que le concedió un tribunal de segunda instancia. La decisión fue avalada por el CJ, dirigido por Wilman Terán, que no apeló, aunque estaba obligado por ley a hacerlo. Es más, la Judicatura acaba de invitar a Rosillo a ser parte del curso de formación para ocupar el cargo de juez anticorrupción. (Nota actualizada este domingo 8 de julio). 

Alianza Código Vidrio – Vistazo
Por Ana María Carvajal

Especialista de las artes marciales, el abogado Vinicio Rosillo Abarca no da su brazo a torcer. Pese a que en septiembre del año pasado el Consejo de la Judicatura (CJ) lo separó del concurso de jueces anticorrupción por haber sido destituido del cargo de fiscal, en 2012. Sin embargo, al mando del nuevo presidente Wilman Terán, la Judicatura nuevamente le abrió las puertas para convertirse en juez anticorrupción y crimen organizado.

Es más, este lunes 10 de julio, por invitación del CJ, Rosillo empezará un taller de inducción como parte del Curso de Formación Inicial, previsto una semana después, en el cual ya tiene un cupo para convertirse en uno de los nuevos jueces, que integrarán las dependencias judiciales con competencia en delitos relacionados con corrupción y crimen organizado. La semana pasada el pleno del Consejo le notificó a Rosillo la invitación a participar en la capacitación.

Rosillo había quedado fuera del concurso que seleccionó a los 14 nuevos funcionarios para ese cargo, cuando la Judicatura descubrió que había sido destituido en 2012 mientras era fiscal provincial en Santo Domingo de los Tsáchilas. De hecho, Rosillo ocultó que fue separado de la Fiscalía durante el proceso de selección, pues conocía que esa era una causal que lo inhabilitaba.

Ahora, con un fallo de la Sala Multicompetente de la Corte de Santo Domingo, que le otorgó una acción de protección, está cerca de cumplir con su cometido. Los jueces Galo Luzuriaga, Juan Carlos Mariño e Iván León le concedieron la acción el 14 de marzo pasado. Y el 9 de junio el Consejo de la Judicatura resolvió darle trámite y acatarla, sin interponer ninguna apelación. Fuentes judiciales dijeron que Terán y Rosillo son amigos, ambos son oriundos de Santo Domingo, donde se conocieron hace varios años. Terán llegó a la presidencia del CJ en febrero pasado.

Por disposición de los jueces del tribunal, la Judicatura debe dejar sin efecto el informe en el que se justificaba la descalificación de Rosillo del concurso. En esa línea dispusieron que el CJ le permita acceder al curso de formación inicial de la Escuela de la Función Judicial, que ya tomaron y aprobaron otros aspirantes y duró 52 días. Los mejores puntuados llegaron a la lista definitiva de jueces anticorrupción.

En primera instancia la acción de protección fue negada por un juez,  el 20 de diciembre de 2022, 20 días después de que se conocieran los ganadores del concurso de oposición y méritos. Rosillo apeló y el recurso fue conocido por el tribunal de alzada, que le concedió el requerimiento.

El concurso para jueces anticorrupción tuvo varias etapas, desde la presentación de requisitos y concurso de oposición y méritos hasta las pruebas teóricas y prácticas.

En el primer intento, el juez consideró que no existía vulneración a “los derechos a la seguridad jurídica, al acceso a cargos públicos en condiciones de igualdad y sin discriminación ni al principio de favorabilidad y legalidad en la aplicación de sanciones”, que argumentaba Rosillo. Por eso negó el recurso.

Varios días en prisión

Cuando era Fiscal, en 2012, Rosillo fue destituido por faltar a su trabajo más de tres días consecutivos. En ese lapso, estuvo preso debido a una denuncia que una alumna suya interpuso por acoso sexual y un pedido de favores sexuales, a cambio de beneficios académicos, para mejorar sus calificaciones. Luego un juez ordenó su traslado a la cárcel de Quito, tras permanecer hospitalizado.

Aunque el abogado fue detenido en delito flagrante, en un motel, el 5 de mayo de 2012, un tribunal lo declaró inocente. Argumentó que la denunciante planificó la detención y que, supuestamente, el fiscal que estuvo a cargo del caso tenía un nexo sentimental con su alumna. La Fiscalía se opuso a la decisión.  No solo apeló la sentencia, sino que ingresó una queja en contra de los jueces del tribunal a cargo del caso, que no prosperó.

Estos argumentos no fueron parte de la acción de protección que Rosillo interpuso para buscar, a como de lugar, regresar al concurso y optar por un cargo de juez anticorrupción y crimen organizado.

Los argumentos de Rosillo

En su defensa, Rosillo dijo que la Judicatura “hizo aparecer” sobre la marcha en el concurso un informe donde constaba la inhabilidad. El entonces director general del Consejo, Santiago Peñaherrera, explicó, en septiembre de 2022, que Rosillo omitió en su inscripción al concurso el informe, por el que fue destituido en 2012. Solo declaró que había sido fiscal provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas hasta inicios de 2013. Para ese entonces, el abogado ya era el mejor puntuado del concurso, con 64,3 puntos en la sumatoria de méritos y la prueba teórica y 30 más, por la prueba práctica, alcanzando 94,3/100.

Rosillo y Terán son amigos, según fuentes judiciales. Ambos son oriundos de Santo Domingo de los Tsáchilas. Han participado en foros públicos, virtuales y presenciales.

Según Rosillo, sus pedidos de una audiencia no fueron escuchados en la Judicatura. “No se me dio la oportunidad de nada, con un informe administrativo hecho por un subalterno, decidieron sacarme del concurso”.

Para él, eso implicó un cambio en las reglas del juego, lo cual generó inseguridad jurídica, pues no pudo seguir el curso de formación inicial, lo que le habría permitido “estar en el banco de elegibles o ser parte de los jueces”.

Judiciales destituidos  

Durante el concurso, Peñaherrera le dijo a Código Vidrio que una persona destituida no puede participar en funciones públicas, en general, por dos años. Pero cuando se trata de la Función Judicial, esa prohibición es “para toda la vida”. Rosillo rebatió ese argumento ante los jueces. Según su criterio, la Ley de Servicio Público no se refiere a funciones del Estado, sino a instituciones. En su caso dijo que fue destituido de la Fiscalía y no del Consejo de la Judicatura. “Una cosa es función y otra institución y la fase del concurso precluyó”.

Pero el CJ, entonces dirigido por Fausto Murillo, ratificó la separación porque Talento Humano debía revisar periódicamente la idoneidad de los candidatos desde que inició el concurso, en marzo de 2022, hasta diciembre, cuando se definieron los ganadores. Fue así que en agosto se detectó que Rosillo, quien formaba parte de los 37 candidatos finalistas, tenía una inhabilidad y fue descalificado.

La tortilla se da la vuelta

La Judicatura se defendió durante las audiencias en primera y segunda instancia. Desde febrero, con Wilman Terán a la cabeza, resolvió acatar la sentencia de la Corte Provincial sin responder como es lo usual en estos casos manteniendo una línea institucional. Rosillo y Terán son juristas formados en Santo Domingo de los Tsáchilas y tendrían una relación de amistad.

Rosillo es doctor en jurisprudencia. Fue Fiscal hasta 2012, cuando lo destituyeron al ausentarse tres días seguidos de su trabajo. Fue detenido en un motel con una de sus alumnas, según una denuncia.

Código Vidrio solicitó información y una versión de Terán sobre este caso al Consejo de la Judicatura, y a Vinicio Rosillo a través de llamadas, mensajes de WhatsApp y correo electrónico. No obtuvo ninguna respuesta.

El Pleno del Consejo, en su resolución 099-2023, resolvió en un artículo único agregar el nombre y el puntaje de Rosillo a la resolución del 16 de septiembre de 2022, en la que se proclamaron los resultados de las fases de méritos, prueba teórica y práctica. Además, dispuso a Talento Humano y a la Escuela de la Función Judicial gestionar lo necesario para cumplir con la sentencia de la Corte Provincial de Santo Domingo.

Así, en silencio y seis meses después, el postulante que salió del concurso por una inhabilidad está cerca de cumplir su objetivo de volver a la Función Judicial.