El concurso para la designación de los tres nuevos jueces de la Corte Constitucional dio un giro sorpresivo. Uno de los tres finalistas para ocupar esa función, el abogado José Luis Terán, tiene prohibición del Ministerio de Trabajo para ejercer cargos públicos, por haber sido destituido de la Corte Nacional de Justicia en 2021. Terán sostiene que su remoción no está en firme sino en suspenso, por lo cual no tendría ningún impedimento para ser designado juez constitucional. Y que la disposición se subió este 24 de febrero a la página digital de esa cartera de estado, y no se respalda en ningún fallo judicial. Durante el concurso enfrentó una impugnación (foto).
Redacción Código Vidrio
El abogado José Luis Terán Suárez, uno de los tres candidatos mejor puntuados y más opcionados a integrar la Corte Constitucional, no puede ejercer cargos públicos.
Terán tiene un impedimento legal para ejercer funciones públicas por haber sido destituido en 2021 de la Corte Nacional de Justicia por el Consejo de la Judicatura, según consta en el Registro de Prohibiciones e Inhabilidades del Ministerio de Trabajo (Certificado CIWEB20002514328), revisado por Código Vidrio en la página web de esa institución.
En entrevista con este medio, Terán dijo que esa decisión fue subida hoy a la página web de la cartera de Trabajo, y que no se respalda en ningún fallo judicial. La destitución -destacó el jurista- estaba en suspenso, pues aún no existe una decisión final, en firme de la Corte Nacional, de un recurso de casación que se tramita desde 2024. “Por lo tanto, no tengo ninguna prohibición para ejercer cargos públicos”, señaló. “Por eso pasé todas las etapas de selección porque no tenía ninguna inhabilidad”.
En 2024, el Tribunal Contencioso Administrativo de Quito declaró la nulidad de su destitución, pero rechazó su pedido de reincorporación y compensación económica. Posteriormente la Judicatura presentó un recurso de casación para que quede en firme la destitución, mientras Terán también interpuso ese recurso, solicitando su restitución inmediata. Actualmente, este caso está en trámite en la Corte Nacional de Justicia, que sin embargo habría reportado al Ministerio de Trabajo que Terán no puede ocupar cargos públicos, lo que implicaría que su destitución está en firme.
En octubre de 2024, cuando los postulantes presentaron las carpetas, Terán presentó un certificado de esa cartera, validado por la Comisión Calificadora, donde decía que no tenía impedimento, según la jurista María Dolores Miño.
La prohibición de Terán sale a la luz este lunes 24 de febrero cuando el concurso para la renovación parcial de la Corte Constitucional (CC) concluyó, con la etapa de impugnaciones y pedidos de recalificación de la prueba oral de los postulantes que llegaron a esta última etapa. Luego de revisar las impugnaciones estaba previsto que los nombres de los tres nuevos jueces se conocieran hasta este miércoles 27 de febrero.
Posteriormente, el presidente de la CC, Alí Lozada, debía disponer el inicio de un sorteo público para la salida de tres de los actuales nueve magistrados.
Entre 2022 y 2025, la Corte Constitucional se integró con los jueces Alí Lozada (presidente), Carmen Corral (vicepresidenta), además, Richard Ortiz, Jhoel Escudero, Alejandra Cárdenas, Karla Andrade, Enrique Herrería, Teresa Nuques y Daniela Salazar. Tres de ellos deberán dejar la Corte.
Los jueces de la CC desempeñarán sus cargos por un período de nueve años, sin reelección y serán renovados por tercios cada tres años, según la Constitución.
La destitución de Terán
Terán Suárez fue removido en 2019 de su cargo como juez de la Corte, por no superar la evaluación integral dispuesta por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (CPCCS-T).
Terán ingresó a la CNJ en 2015, tras obtener una calificación de 98.5/100 en el concurso organizado en 2014 por el Consejo de la Judicatura, entonces liderado por Gustavo Jalkh.

No obstante, en 2019, obtuvo una nota de 79.1 sobre 100, por debajo del mínimo requerido de 80 puntos. Como consecuencia, el 15 de noviembre de 2019, el Pleno de la Judicatura lo removió junto con otros 8 jueces y 10 conjueces.
La Judicatura detectó supuestas inconsistencias en su declaración patrimonial de 2015, lo que llevó a la apertura de un expediente disciplinario por presunta falsedad ideológica. En abril de 2021, se le responsabilizó por proporcionar información falsa en el proceso de selección y se le impuso una sanción de destitución que le prohibía trabajar en el servicio público por dos años y, de por vida, en la Función Judicial.
En agosto de 2021, Terán presentó la demanda para anular su destitución, exigir su reintegro a la CNJ y el pago de salarios y beneficios no percibidos. Él asegura que no cometió ninguna falsedad sino que omitió incluir en su declaración una acción de 25 dólares que tenía en una empresa de transporte, porque para esa fecha (2015) en el formulario de la Contraloría no existía un casillero específico, lo cual enmendó en un alcance de su declaración patrimonial ante la Contraloría.