La Corte Superior da luz verde para que minera opere otra vez sin licencia ambiental en La Maná

Tres jueces de la sala penal de la Corte Provincial de Pichincha desecharon la Acción de Protección que el Tribunal Anticorrupción concedió en junio, y suspendió la explotación minera en La Maná, Cotopaxi, por los sistemáticos y graves daños al ambiente y especies. El mes pasado, tres instituciones del Gobierno y la minera Comiange apelaron la suspensión, que fue conocida y concedida por la Corte, en apenas dos días. Así, la empresa sigue con la extracción, aunque no tiene una licencia del Ministerio de Ambiente. En Estero Hondo (foto) hay evidencias de piscinas con agua contaminada, producto de la explotación de oro.   

Redacción Código Vidrio

Dos días laborables les tomó a los tres jueces de la Corte provincial penal de Pichincha revisar 927 fojas que tienen los 10 cuerpos de la Acción de Protección, demandada por la explotación minera ilegal de la empresa Comiange en La Maná, en Cotopaxi.

Esa apresurada revisión incluyó la sentencia que el Tribunal de Garantías Penales Especializado en Delitos de Corrupción y Crimen Organizado emitió en este caso, el 25 de junio pasado, aceptando la Acción de Protección. Ese fallo había ordenado la suspensión inmediata de todas las actividades extractivas de la minera por los severos daños ambientales causados y la operación, sin licencia ambiental, en medio de la inacción de entidades gubernamentales para frenar sus operaciones, hasta que repare los daños causados y cumpla la ley.

Ese pronunciamiento fue epelado por los ministerios de Ambiente, de Energía y Minas, la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom), así como de Comiange. La impugnación se subió al Sistema de Trámite Judicial (Satje), el jueves 26 de septiembre pasado. Ese día fue conocida por los jueces Lady Avila Freire (ponente), Diana Fernández León, y Xavier Barriga Bedoya, integrantes de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Pichincha.

El martes 1 de octubre -cuatro días después- los jueces aceptaron la apelación y revocaron la sentencia del tribunal anticorrupción, argumentado que las entidades gubernamenamentales demandadas sí cumplieron sus funciones de control. Además que la empresa no ha violado los derechos de la naturaleza ni de la seguridad jurídica, por lo cual no cabía ninguna suspensión de sus actividades ni la caducidad de las tres concesiones mineras que posee, desde 2016.

El fallo contradice el pronunciamiento de los jueces del tribunal de primera instancia, que se tomaron 20 días para analizar los alegatos de la Acción de Protección, tras escuchar a todas las partes en audiencia.

La demanda fue impulsada por la empresa embotelladora Acquad´or CA, fabricante del agua Splendor, que tiene su planta en La Maná. Esta compañía opera en una zona próxima a los sitios de impacto por la explotación minera, que según decenas de informes de los ministerios de Ambiente y Minas, expedidos desde 2016, ha causado daños y contaminación con metales, desechos peligrosos y combustibles sin ningún tratamiento técnico.

La empresa Comiange realiza explotación minera en La Maná desde 2016. Ha recibido decenas de sanciones por violaciones sistemáticas legales y por daños al ambiente. Foto cortesía.

¿Las autoridades a espaldas de la ley?

No obstante, y pese a las prácticas sistemáticas de contaminación, ninguna autoridad ha aplicado lo que establece la Ley de Minería, declarando la caducidad de los títulos mineros en las concesiones Ximena, Ximena 1 y Campo Norsul, según el abogado de Acquad´or CA, Gonzalo Muñoz. Él no ocultó su preocupación por la premura con que los jueces estudiaron el caso y desecharon el pronunciamiento de primera instancia.

La falta de una licencia ambiental por más de ocho años, precisamente fue uno de los argumentos centrales que respaldó el fallo del Tribunal Anticorrupción para aceptar parcialmente la Acción de Protección. Por eso, los jueces dispusieron que las autoridades de control sean las encargadas de verificar que la empresa suspenda sus operaciones, lo cual nunca ocurrió. Entre junio y octubre, la explotación de oro en las concesiones de Comiange continuó en las noches, y supuestamente estuvo a cargo de mineros ilegales.

No obstante, la sala Penal de la Corte Superior aceptó los alegatos de Ambiente, Minas y la Arcom, que tuvieron un aliado en la Procuraduría, defendiendo la misma tesis para deslindar su responsabilidad.

Así, se alinearon con Cominage, que asegura que ninguna de sus actividades está fuera de la ley. “Las compañías concesionarias gozan de un título debidamente inscrito y, como ha dicho el Ministerio del Ambiente, el licenciamiento ambiental se encuentra en trámite para el año 2023. Todas y cada una de las acciones que han realizado los entes de control, con el pasar del tiempo, han sido subsanadas en cuanto ha correspondido y se han aceptado las sanciones”.

La minera indicó en la apelación judicial que Ambiente tenía seis meses para responder el pedido de licenciamiento, pero no lo hizo por lo cual “se entenderá que no existe oposición ni impedimento para el inicio de las actividades mineras. Es decir, estamos trabajando bajo el amparo de la norma (…). El Ministerio no se da abasto y no contesta los licenciamientos ambientales dentro del término de seis meses que establece la ley”.

En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. Toda esa contaminación se filtra y llega por un estero al río Calope, principal afluente de La Maná. Foto Armando Prado, Código Vidrio.

“Inacción y complicidad de funcionarios”

Ante la última decisión judicial, la empresa Acquad’or hizo público ayer domingo un comunicado dirigido al presidente Daniel Noboa, denunciando la inacción de varias instituciones del Estado y la complicidad de ciertos funcionarios que “responden a intereses ajenos al país”, en el contexto de los fallos judiciales sobre las operaciones de Comiange.

“Señor Presidente, su intervención es indispensable para detener estos abusos. Esto no sería posible sin la complicidad de funcionarios del ARCOM y la pasividad del SRI, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio del Ambiente, que han observado este problema sin actuar de manera efectiva”, dice la carta. “Esta semana hemos solicitado la caducidad de las concesiones mineras de Comiange S.A. por evasión tributaria; por considerarse minería ilegal; por contaminar del agua y por el grave daño ambiental que han causado. Creemos que esta medida es fundamental para frenar la devastación y restaurar el respeto a la legalidad y los derechos de la naturaleza”.

En la apelación ante la sala penal de la Corte Superior, los abogados de las cuatro entidades públicas coincidieron en un argumento medular, que también fue defendido por Comiange: todas las instituciones han realizado acciones de control y seguimiento -aseguraron- emitiendo informes donde detallan las violaciones legales y prácticas antitécnicas de la compañía, propiedad de Miguel Angueta Enríquez y Guido Angueta Hinojosa, quienes cedieron sus derechos mineros a favor de la compañía la Maná Rome Gold S.A.

Al contrario de lo que estimaron los jueces del Tribunal Anticorrupción, la Corte Superior no encontró ningún impedimento para que Comiange siga con sus operaciones extractivas, aunque no cuente con una licencia ambiental del Ministerio de Ambiente desde hace ocho años. Para los jueces basta que la licencia esté en trámite, aunque el incumplimiento de ese requsito ha sido indefinido y sistemático desde 2016.

Muñoz dijo que presentarán una nueva Acción de Protección ante la Corte Constitucional, pues hay evidentes violaciones a los derechos de la naturaleza y al debido proceso, que fueron desestimadas por la Corte Superior sin un análisis profundo ni motivado en un tiempo prudencial.

Incluso en su fallo los jueces, que acogieron la tesis de Comiange y las entidades estatales demandadas, los jueces indicaron que en este caso no es facultad del poder judicial establecer sanciones, como la suspensión o la caducidad, que solo les competen a las autoridades administrativas por incumplimientos legales.

Pese a que la consecuencia de no contar con licencia ambiental implica, según la ley, la sanción de perder las concesiones, para la Corte Superior esa decisión solo le compete al Ministerio de Minas, lo cual también fue defendido por la Procuraduría.

Las evidencias de los daños ambientales ocasionados por la explotación minera son abundantes, pero la empresa Comiange sigue operando con la complicidad de las autoridades de control, según demandas judiciales. Foto Armando Prado, Código Vidrio.

 

Es más, en su alegato de apelación Ambiente admitió que las tres concesiones mineras están en un proceso de regularización, no tienen licencia ambiental. “Debido a que no cuentan con licencias ambientales, se ha iniciado procesos de control en los cuales se han realizado informes técnicos, requerimientos de información de Comiange, por lo que se han emitido sanciones que han sido ratificadas por la parte accionante y se han establecido sanciones pecuniarias y legales”.

La Corte también acogió el criterio de la ARCOM que en su descargo indicó que no se ha podido probar cuál es la afectación real a la naturaleza. “No hay una prueba contundente más allá de todos los aspectos documentales que han sido añadidos al expediente”.

Sin embargo, durante el proceso judicial se presentaron 48 informes de las entidades de control que demuestran incumplimientos sucesivos legales de Comiange S.A.  También demuestran el amedrentamiento a funcionarios de Ambiente en la última inspección realizada a las concesiones, en septiembre.

Acquad’or pidió que el Gobierno impulsé la denuncia presentada por el Ministerio de Ambiente a la Fiscalía el 18 de julio de 2022.  Esa demanda incluye todos los informes de esa cartera de Estado  y ARCOM. Ahí se evidencia -indica la embotelladora- la quema de residuos, la descarga a ríos, quebradas y esteros de aguas contaminadas, la contaminación con químicos y lubricantes de las capas del suelo y subsuelo, la desviación de los cursos hídricos y el desacato de las órdenes de suspensión establecidas por las autoridades, desde junio hasta septiembre, cuando la Corte se pronunció.

1 comentario en «La Corte Superior da luz verde para que minera opere otra vez sin licencia ambiental en La Maná»

  1. Esta es la realidad de las mineras y de las instituciones encargadas de controlar la minería en el Ecuador.
    Está plagadas de corrupción.

    ¿Qué dice frente a esto la Cámara de Minería?
    Seguramente, va a defender a Comiange, como defendió recientemente el subsidio en las tarifas eléctricas para las mineras ECSA y Lunding Gold. Su palabra no vale nada: sólo quieren sacar adelante sus proyectos para enriquecerse, pero no les importa el país.

    Luego, vienen y nos dicen que los nuevos proyectos como el proyecto Loma Larga en los páramos de Kimsakocha (Cuenca, Azuay) han sido rigurosamente controlados por el Ministerio de Minas y el Ministerio del Ambiente. ¡Falso! También en ese y en otros casos abundan las irregularidades. ETAPA, la empresa del agua de Cuenca, revela que el Estudio de Impacto Ambiental de Dundee Precious Metals es un fraude, aunque el Ministerio del Ambiente ya le dio su aprobación técnica.

    Si no luchamos contra la corrupción reinante en el sector minero, la función judicial y en las demás funciones del Estado, acaban con el país. ¡Tenemos que defendernos!

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