Levoyer, el general no pudo salir del laberinto

ENFOQUE. El ministro de Defensa, Giancarlo Logoffredo, negó la apelación presentada por el general Alexander Levoyer, a la resolución del Consejo Superior de Fuerzas Armadas, que no le permitió participar en la calificación para ascender a general del División, en junio pasado. Así, el Ministro y el Mando militar desconocieron, en esencia, las acciones destacadas que el oficial tuvo en 1995 cuando fue comandante de la Batería de Artillería Ametralladora Misil N-21, que derribó cuatro helicópteros peruanos y jugó un rol determinante para el triunfo en la guerra del Cenepa. Este hecho, precisamente, fue reconocido para que reuniera los requisitos para ascender de coronel a general de Brigada, hace cuatro años. Aunque aún podía interponer una acción de protección para que un juez constitucional dirima su caso, Levoyer le dijo a Código Vidrio que no impugnará la decisión del Ministro, pues su ciclo en las FF.AA. terminó.

Redacción Código Vidrio

El desempeño valeroso que el general Alexander Levoyer tuvo en la guerra del Cenepa, en 1995, paradójicamente ha sido un punto de inflexión en su carrera, para bien y para mal.

El ministro de Defensa, Giancarlo Logoffredo, negó la apelación presentada por Levoyer a la resolución del Consejo Superior de Fuerzas Armadas, que no le permitió participar en la calificación para ascender a general del División.

Hace cuatro años, cuando estaba en un proceso de ascenso de coronel a general de Brigada, la participación del oficial en la Batería de Artillería no le fue reconocida como uno de los requisitos para ser promovido. Levoyer apeló la decisión que pasó por varias instancias y, entre otras cosas, se zanjó con un análisis jurídico-militar detallado, realizado por el entonces comandante del Ejército, Luis Altamirano. Él concluyó que efectivamente se había cometido un error en la calificación, que fue enmendada por el mando del Ejército, que ascendió al oficial a general de Brigada.

Pese a ese antecedente, el Ministro de Defensa negó la apelación del Oficial, respaldando las decisiones en este caso de la cúpula de las FF.AA., que han sido cuestionadas por altos exoficiales y abogados por su falta de motivación jurídica. Y han provocado un malestar generalizado entre el cuerpo de oficiales y tropa de todas las ramas militares.

Código Vidrio conoció que Levoyer no apelará la decisión de Logoffredo, aunque aún podía interponer una acción de protección ante un juez de garantías constitucionales y un recurso en un Tribunal de lo Contencioso.

“He terminado un ciclo. Salgo por la puerta grande con la conciencia tranquila, por el deber cumplido en beneficio del país”, dijo Levoyer, quien estuvo al frente de las operaciones militares para enfrentar el conflicto interno desde enero pasado. “Se ha realizado un trabajo en beneficio de la institución y del país. Nuestra institución debe seguir simplemente por mejores derroteros. Existirán soldados de aire, mar y tierra para construir unas nuevas FFAA.”.

Según fuentes castrenses, Levoyer quedó fuera de FF.AA. por una acción inicialmente motivada por su compañero de promoción, el general Fernando Adatty, a quien el presidente Daniel Noboa acaba de ratificar por decreto como comandante del Ejército.

El 24 de junio pasado, el mando de FF.AA. había anunciado que solo Adatty fue promovido a general de División, dejando fuera del Ejército (la fuerza más numerosa de FF.AA.) a los generales Pablo Velasco, Levoyer, Juan López y Franklin Pico.

La resolución del mando desconoce decisiones ejecutoriadas 

Según el mando, Levoyer no podía ser calificado para el ascenso por cuanto en el proceso para ser promovido de coronel a general de Brigada, en 2020, supuestamente no cumplió uno de los requisitos. Eso, sin embargo, ya había sido resuelto a favor del alto oficial por el mando del Ejército y el entonces ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín.

El ministro Giancarlo Logoffredo negó la apelación de Levoyer, y recomendó ratificar a Fernando Adatty en la Comandancia del Ejército. Foto de archivo

Ambas instancias ratificaron que Levoyer sí había cumplido el requisito del puntaje necesario para una nota, por lo cual lo ascendieron y eso quedó en firme.

Con esos argumentos, Levoyer pidió que el actual Mando lo recibiera en comisión para exponer sus descargos y defenderse de su exclusión, a lo cual los oficiales de la cúpula se negaron. Esto, según su abogado Lizandro Ramírez, dejó a Levoyer en la indefensión, atentado contra su derecho legal y constitucional.

Logoffredo en su pronunciamiento, no obstante, apoyó implícitamente la decisión del Mando. Insistió en que Levoyer no podía defenderse ni era necesario contar con su punto de vista cuando fue excluido por una comisión de la calificación. “Es pertinente enfatizar que para el inicio del proceso de calificación y selección para el ascenso al inmediato grado superior, en la norma establecida para el efecto, no contempla como parte del procedimiento el acto de notificar a los oficiales generales con el inicio del proceso de selección y calificación para el ascenso al inmediato grado superior, recordando al recurrente que como militar profesional de muchos años de carrera, conoce a la perfección la normativa legal que rige a las Fuerzas Armadas (…), indica Logoffredo. «No es pertinente que se pretenda confundir a la administración, afirmando que al no haberle notificado con el inicio del procedimiento y con el informe de la comisión especial N° COSUPRE-CE-2024-001- O de 05 de junio de 2024, se haya vulnerado el derecho a la defensa, pues la autoridad administrativa vela por la legalidad y la efectiva aplicación de la norma, mas no es competente para determinar sobre presuntas violaciones a derechos constitucionales”.

Violaciones recurrentes al debido proceso

Fuentes judiciales consultadas por este medio indicaron que la argumentación del Ministro contraviene lo señalado en el artículo 76 de la Constitución: “En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso, que incluye varias garantías básicas”. Sobre todo,  que «nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento. Los procedimientos serán públicos, salvo las excepciones previstas por la ley. Las partes podrán acceder a todos los documentos y actuaciones del procedimiento”.


EN CONTEXTO. Durante su permanencia como comandante de la Batería de Artillería Ametralladora Misil N-21, Alexander Levoyer también asumió las funciones de Coordinador de Apoyo de Fuegos de Artillería, según el excomandante del Ejército, Luis Altamirano. Tuvo parte de una Batería de Lanzadores Múltiples de Cohetes BM-21 (artillería de campo), y una sección de cañones de 105 mm. Esta fue una de las unidades fundamentales durante las operaciones en la guerra del Cenepa, fue responsable del derribo de cuatro helicópteros del Ejército del Perú. Además cumplió 15 misiones de fuego de artillería de saturación área, con el lanzamiento de 609 cohetes tierra-tierra. Estos dos elementos tuvieron un efecto demoledor sobre el adversario, pues restringió por completo el acceso a los helicópteros de ataque y transporte enemigos, impidiendo el ataque aire-tierra (con fuego de ametralladoras y rockets) a nuestras tropas y produciendo el alargamiento de las líneas logísticas de apoyo a las fuerzas peruanas en tierra. Además, el fuego de artillería terrestre generó un desbalance estratégico en el campo de batalla, al no disponer el adversario – en el sector de operaciones del Cenepa- de material similar o equivalente; más allá de las bajas y daños materiales causados, influyó en forma importante en el estado anímico del adversario por la enorme superioridad de apoyo que esta capacidad bélica permitía.


La argumentación del Ministro no tendría un sustento legal sólido, según analistas consultados, pues intenta justificar que al no existir norma no se debe notificar a quien enfrenta un proceso de este tipo. La Constitución es clara: Dispone que en todo proceso o procedimiento, se deben garantizar el derecho a la defensa en todas sus fases y etapas, sin distinciones ni discriminación.

En otra parte de su fallo, al referirse al pronunciamiento del anterior ministro Jarrín, Logoffredo indica: “El ministro de Defensa de aquella época emitió un acto administrativo favorable para el coronel Levoyer”.  Pero, según Logoffredo, el entonces Ministro “se excedió en sus competencias al declarar apto para el ascenso al grado de general de brigada a Levoyer, lo cual resultaría inadecuado al atribuirse ciertas facultades que son exclusivas a los Consejos Reguladores de la Carrera Profesional, que correspondería al Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre”.

Para los analistas consultados, Logoffredo hizo un análisis sesgado, en contradicción con el derecho a la seguridad jurídica.

Eso en vista de que el exministro Jarrín solo estableció que se había vulnerado derechos y que, por tanto, la administración militar debía subsanar esa equivocación. Así, el ascenso lo dispuso el presidente de la época, Lenin Moreno, mediante decreto ejecutivo,  basado en los informes favorables del órgano regulador de la carrera en el Ejército.

El acto administrativo que declaró apto para el ascenso al general Levoyer quedó en firme desde el 2020 y en adelante no hubo ninguna acción legal que estableciera que fue lesivo, por el fondo o por la forma. Por lo tanto, Levoyer tiene y cumple los requisitos para ascender, como quedó claramente establecido por el Consejo de generales de la Fuerza Terrestre, cuando lo promovieron a general de Brigada.

1 comentario en «Levoyer, el general no pudo salir del laberinto»

  1. Que lástima que un gran oficial del Ejército y FFAA quede fuera de la institución, tenemos el gusto de conocerlo y sabemos quién es , de donde viene y lo que ha querido para los militares. Fue mi comandante y la persona que nos formó íntegramente en valores patrióticos.
    Siempre nos tendió su mano cuando estábamos con el viento en contra.

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