El Ministerio de Defensa y las FF.AA., responsables de la desaparición forzada de los niños Josué, Ismael, Steven y Nehemías

La Corte Constitucional declaró la desaparición forzada de cuatro niños de Las Malvinas, a manos de una patrulla de la Fuerza Aérea en Guayaquil, en diciembre de 2024. Once soldados fueron condenados a 34 años de cárcel y cinco más a tres años por cooperar con la investigación.  Para el organismo lo ocurrido con Josué, Ismael, Steven y Nehemías constituye una de las violaciones más graves y reprochables del orden constitucional e internacional de los derechos humanos. En representación del Ministerio de Defensa y las Fuerzas Armadas el Comandante de la FAE deberá disculparse públicamente en una cadena nacional. Los familiares deberán ser indemnizados por el Gobierno.  

Redacción Cóódigo Vidrio

La Corte Constitucional fue tajante. Declaró en una sentencia, sin predecentes, que el Ministerio de Defensa y las Fuerzas Armadas son las responsables de la desaparición forzada de los niños Josué, Ismael, Steven y Nehemías, ocurrida en Guayaquil en diciembre de 2024.

Este delito de lesa humanidad ocurrió en el contexto del conflicto interno armado decretado por el presidente Daniel Noboa en enero de 2024, para enfrentar a 22 organizaciones narcoterroristas, que continúa, a pesar de que el crimen organizado y la delincuencia han aumentado por la fragmentación y empoderamiento de los grupos delictivos.

Con esta sentencia, emitida este martes 10 de marzo, la Corte aceptó la acción extraordinaria de protección presentada contra la sentencia de apelación que negó una acción de hábeas corpus presentada en favor de los cuatro niños desaparecidos en diciembre de 2024 en Guayaquil. La defensa de los familiares de los niños de Las Malvinas había presentado este recurso después de que el 19 de mayo de 2025 el Tribunal Penal de la Corte de Guayas había revocado un Hábeas Corpus -una medida de protección constitucional paralela al proceso penal- que declaró la desaparición forzada de los menores. El caso finalmente tuvo su condena en la justicia ordinaria en diciembre 2025. 11 militares fueron sentenciados por un tribunal a 34 años de prisión por desaparición forzada, y a cinco más a tres años de encierro, por haber colaborado con la investigación.

La Corte Constitucional determinó que las autoridades judiciales vulneraron el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, al no analizar de manera integral la detención denunciada ni responder oportunamente a las pretensiones de las familias de los menores.

Los niños, según los jueces constitucionales, fueron privados de la libertad de forma ilegal, arbitraria e ilegítima por patrullas militares. Sin embargo, el Gobinero no proporcionó información inmediata, satisfactoria ni convincente sobre su aprehensión ni sobre su paradero. Con base en estos elementos, la Corte declaró en el ámbito constitucional que Josué, Ismael, Steven y Nehemías fueron víctimas de desaparición forzada.

Los padres de Josué, Ismael, Steven y Nehemías fueron revictimizados por la negligencia del Estado y los abusos y arbitrariedades al debido proceso. Foto de archivo

Disculpas públicas del Comandante de las FAE

Entre las medidas de reparación integral, la sentencia ordenó la realización de un acto público dereconocimiento de responsabilidad y disculpas públicas por parte del Estado. Este deberá ser efectuado por el comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE), Mauro Salazar, en el lugar que determinen los familiares de las víctimas y con difusión pública nacional, de acuerdo con el siguiente texto: “Por disposición de la Corte Constitucional del Ecuador, establecida en la sentencia 1732-25-EP/26, el Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, comparece ante las familias de Josué, Ismael, Steven y Nehemías y ante la sociedad en su conjunto para reconocer, con vergüenza y dolor, que el Estado es responsable de un horrendo suceso: la desaparición forzada y posterior muerte de cuatro niños afrodescendientes, habitantes de un barrio popular del sur de Guayaquil, arrebatándoles su libertad, su infancia y su derecho a vivir dignamente”.

Cuando la desaparición de los menores se supo por denuncia de los familiares en varios medios de comunicación, con el apoyo directo del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, tanto el ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo, como los entonces jefe del Comando Conjunto, Jaime Vela, y ministro de Gobierno, José de la Gasca, minimizaron la desaparición y dijeron que se trataba de una campaña para desprestigiar al Régimen insinuando que el crimen fue cometido por una banda delictiva. José de la Gasca, dijo que no se puede hablar de un crimen de Estado. «Las investigaciones están en curso (…). Yo no puedo dar por afirmado que había un operativo, eso se determinará con las pruebas (…). Tampoco se puede hablar de un crimen de Estado o de un crimen de lesa humanidad», dijo De la Gasca, quien hoy es uno de los candidatos  a fiscal general.

Billy Navarrete (con chaleco azul), del Comité de DD.HH. acompañó y dio soporte legal y psicológico a los padres y familiares de los niños desaparecidos. Foto de archivo

La noche del 8 de diciembre de 2024, patrullas de la Fuerza Aérea, subordinadas al Ministerio de Defensa,  privaron ilegal, arbitraria e ilegítimamente de su libertad, a los cuatro menosres; “los sustrajeron de la protección de la ley y los colocaron en absoluta indefensión, incumpliendo el deber de proteger su vida, su libertad y su dignidad”, destacó la Corte. “El Estado no protegió a Josué, Ismael, Steven y Nehemías, como era su obligación”, y las Fuerzas Armadas incumplieron su principal función: proteger los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos”.

Estas medidas, según la Corte,  buscan contribuir al derecho a la verdad, preservar la memoria y fortalecer las garantías de no repetición. Lo dispuesto en la sentencia no sustituye las  competencias de la justicia penal para determinar responsabilidades individuales.

Josué, Ismael, Steven y Nehemías fueron desaparecidos y luego asesinados en diciembre de 2024

Este tribunal reconoce que lo ocurrido con Josué, Ismael, Steven y Nehemías constituye una de las violaciones más graves y reprochables del orden constitucional e internacional de los derechos humanos, incompatible con los principios del Estado constitucional de derechos y con una convivencia democrática fundada en el respeto a la dignidad humana. “Frente a hechos de esta naturaleza, existe la obligación de esclarecer la verdad, reparar a las víctimas y preservar la memoria de lo ocurrido, como condición indispensable para garantizar la no repetición”.

Las disculpas del Ministro Loffredo

Según la Corte, el ofrecimiento de disculpas públicas debe valorarse como un “elemento preponderante” la opinión que tengan las víctimas o sus familiares respecto a la manera en que estas deban de llevarse a cabo. Esto, porque las disculpas públicas tienen el objetivo de “responder de la manera más humana posible a la necesidad de las víctimas y sus familiares de aliviar el sufrimiento experimentado”.

Sin embargo, en la presente causa, la Corte anota que, debido a la ejecución de la sentencia de primera instancia, ya se hizo un acto de reconocimiento de responsabilidad del ministro Loffredo. “Si bien el ministro de Defensa “cumplió” formalmente con la disposición, aprovechó el momento para negar la participación de las Fuerzas Armadas –pese a que no se había concluido la investigación – y amedrentar a la jueza de la Unidad Judicial indicándole “llegaremos hasta las últimas consecuencias para que se sancione su actuación […] no voy a permitir que su sentencia sea utilizada para arrodillar a las Fuerzas Armadas.”

Estos hechos quedaron registrados en la cadena nacional de Gian Carlo Loffredo, el 6 de enero de 2025. Esta respuesta también mereció el reproche de los accionantes del recurso y de organizaciones como Amnistía Internacional, la cual compareció en la presente causa como amicus curiae.

En esta línea, a criterio de la Corte, “la conducta demostrada por el ministro de Defensa distorsionó por completo el sentido las disculpas públicas y constituyó una nueva forma de revictimización a los familiares de los niños. El acto de disculpa públicas identificado no honró a las víctimas, ni señaló la importancia de restaurar el respeto por ellas a fin de reconocer su dignidad.

Un nuevo acto de reconocimiento de responsabilidad, entonces, debe tomar en cuenta que los accionantes han aclamado su necesidad de recibir una explicación que satisfaga su derecho a la verdad como víctimas indirectas de la desaparición forzada de sus hijos. En igual sentido, como ha quedado demostrado del análisis realizado en la presente decisión, las entidades del ámbito militar han fallado en proporcionar una explicación convincente sobre los hechos ocurridos el 8 de diciembre de 2024, concluye el fallo de la Corte.