El Tribunal de Garantías Penales de Guayaquil notificó este martes 24 de febrero de 2026 la sentencia escrita a 34 años y ocho meses de prisión en contra de 11 militares de una patrulla militar de la Fuerza Aérea por la desaparición forzada y muerte de los menores Steven Medina, Josué Arroyo Bustos, Ismael Arroyo Bustos y Nehemías Arboleda Portocarrero, ocurrida en diciembre de 2024. También fueron condenados a una pena de 30 meses cinco enjuiciados más, en vista de que colaboraron con información para esclarecer lo ocurrido.
Redacción Código Vidrio
La condena dictada por los jueces José Suárez, Kelttya López y Smirnova Calderón fue noficada dos meses después de que concluyera la audiencia de juzgamiento en el denominado caso Malvinas. Según el fallo, 11 miembros de la patrulla fueron responsables del delito de desaparición forzada, por lo cual fueron sentenciados a 34 años y 8 meses de cárcel. Los condenados son Wilson C., de 54 años; Wilmer L., de 38; Jonathan G., de 37; Ronald P., de 31; Paúl N., de 38; Sergio Y., de 30; Jhon T., de 30; Lister L., de 30; Bryan N., de 26; David C., de 25, y John Z., de 28. Otros cinco procesados recibieron una pena menor de 30 meses (2 años y medio) porque colaboraron con información clave para esclarecer los hechos ocurridos el 8 de diciembre de 2024. Ese día Ismael y Josué salieron a jugar y nunca más regresaron. Se les perdió el rastro, junto a otros dos menores de edad, Nehemías Arboleda, de 15 años, y Steven Medina, de 11, tras ser detenidos por una patrulla militar en el barrio popular de Las Malvinas. Sus cuerpos fueron hallados cerca de un cantón militar en Taura, el 24 de diciembre.
Se trata de la pena más alta posible, aplicada por este delito en vista de los agravantes, como actuar en grupo, el ensañamiento y que las víctimas eran menores de edad, según el fallo, que podrá ser apelado ante la Corte Provincial del Guayas.
Los 16 sentenciados deberán pagar 800 salarios básicos unificados cada uno como multa. Y USD 10.000, cada uno, como reparación para la familia de las víctimas. También, el Tribunal ordenó congelar cuentas y prohibir la venta de bienes para asegurar el pago. La notificación implica que los condenados, que seguían formando parte de las Fuerzas Armadas y cobrando su sueldo, sean finalmente desvinculados de la institución.
El fallo dispone, además, una disculpa pública en donde se aclare que las víctimas no eran delincuentes. También, el Municipio de Guayaquil deberá renombrar un puente como “Puente Niños de las Malvinas” y se ordenó la capacitación obligatoria en Derechos Humanos para personal militar.
“Este Tribunal ha constatado que, durante la fase de desaparición y posterior hallazgo, circularon en medios de comunicación y redes sociales versiones estigmatizantes que vinculaban a las víctimas (Ismael, Josué, Nehemías y Steven) con actividades delictivas o bandas criminales, “versiones que han sido totalmente desvirtuadas en esta etapa de juicio, donde se probó su condición de víctimas inocentes de un crimen de Estado”.
Dichas aseveraciones públicas, según el fallo, causaron un daño moral adicional a sus familias y mancharon la dignidad de los fallecidos. “Por tanto, para restituir el honor y la verdad histórica, este Tribunal dispone: DISCULPAS PÚBLICAS Y PUBLICACIÓN DE LA VERDAD. Se ordena que la Institución del Estado (Fuerza Aérea Ecuatoriana / Ministerio de Defensa Nacional) y los sentenciados publiquen un extracto de la sentencia y de una disculpa pública a las familias.