La Corte Constitucional inició formalmente el trámite de la acción extraordinaria de protección solicitada por los médicos Patricio Toscano y Carlos Hurtado y la abogada María Eugenia Muñoz, quienes fueron sentenciados por reincidir en mala práctica médica profesional, que provocó la muerte de Michelle Cobo. Los galenos están prófugos.
Redacción Código Vidrio
El expediente está en el despacho de la vicepresidenta de la Corte, Daniela Salazar, quien integra el tribunal desde 2019. El 22 de septiembre pasado, ella notificó a las partes procesales que receptara la documentación pertinente para elaborar su proyecto de resolución. Esta semana la secretaría de la Corte, Aída García, informó que recibió el proceso para el conocimiento y resolución del Pleno del organismo.
La legislación nacional atribuye a la Corte Constitucional la última decisión en los procesos penales, si hubiera una vulneración de derechos o vulneraciones al debido proceso de uno o varios sentenciados, en la expedición de las sentencias. El proceso penal por la muerte de Michelle Cobo lleva seis años dirimiéndose en los tribunales.
En la Corte Constitucional los plazos han transcurrido según el cronograma establecido por los jueces. Daniela Salazar recibió el proceso en febrero de 2021, luego de que los médicos Patricio Toscano y Carlos Hurtado y la abogada María Eugenia Muñoz, presentarán un recurso extraordinario de protección para que se revisaran las sentencias en su contra.
Salazar fue parte de la Sala de Admisibilidad que aceptó conocer el caso y que estuvo conformado por la actual jueza Karla Andrade y por quien entonces aún era integrante del organismo constitucional, Agustín Grijalva.
Es la primera ocasión que dos médicos son sentenciados por reincidir en mala práctica profesional. En junio de 2020, la Corte Nacional de Justicia rechazó los pedidos de Toscano y Hurtado y ratificó que fueron los responsables de la muerte de Michelle Cobo, una joven de 20 años que confió en ellos para someterse a una cirugía estética.
Dos años antes, los dos también fueron condenados por el deceso de Yadira Cáceres, quien los contrató para una cirugía estética, pero no salió con vida del quirófano.
Toscano y Hurtado fueron condenados a seis años y ocho meses de prisión, pero no han cumplido ni un solo día en la cárcel. Ellos se han mantenido prófugos. Aparentemente, Hurtado dejó el país y se encuentra en Estados Unidos, mientras que Toscano permanece en la clandestinidad. Aunque en estos últimos meses sumó una nueva acusación por una supuesta estafa, como quedó registrado en el archivo de denuncias de la Fiscalía en junio de este año, también ganó una demanda por un presunto incumplimiento de contrato en los juzgados civiles de Quito.

En este proceso no solo participaron la parte demandante y la defensa. En el desarrollo del juicio el Colegio de Abogados de Pichincha, bajo el mandato de Ramiro García, intervino cuestionando el juzgamiento de su colega María Eugenia Muñoz.
Ella era la gerente de la Clínica San Gabriel donde se le practicó la operación a Michelle Cobo. La Fiscalía y los jueces penales encontraron varias irregularidades en el manejo del centro de salud como, por ejemplo, que no tenían las condiciones de infraestructura adecuada para atender una emergencia. Además que había arrendado los quirófanos médicos externos sin tener equipos y personal adecuado.
Muñoz fue condenada a tres años de prisión. El Colegio de Abogados aseguró que esta decisión dejaría un mal precedente para ese gremio, porque una abogada no puede ser sancionada por casos médicos. Sin embargo, los jueces de la Corte Nacional no tomaron en cuenta su pronunciamiento y ratificaron su fallo.
Por lo pronto, no hay una fecha para que la Corte Constitucional tome una decisión. Luego que la jueza Salazar presente su proyecto de sentencia, ésta deberá ser ratificada por el Pleno del organismo, que ha decidido conocer los casos por orden cronológico. Solo hace excepciones cuando se trata de temas sensibles para el país.
El tortuoso proceso judicial
El 16 de julio del 2016. Michelle Cobo falleció, a causa de una infección generalizada causada por la bacteria más letal de los estreptococos. La Fiscalía estableció que Patricio Toscano y Carlos Hurtado fueron responsables de su deceso, por su negligencia en la aplicación rigurosa y científica de medidas sanitarias.
El 7 de febrero de 2019, el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha declaró la culpabilidad de Patricio Toscano y Carlos Hurtado Bucheli, en calidad de autores responsables del delito de homicidio culposo por mala práctica profesional, tipificado en el artículo 146 del Código Orgánico Integral Penal. Los condenaron a cuatro años de prisión. Mientras que María Eugenia Muñoz, fue sentencada a un año de cárcel en calidad de coautora.
El 21 de junio de 2019, la Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Pichincha resolvió desechar los recursos de apelación de los acusados y reformó la sentencia contra Toscano y Hurtado a seis años, ocho meses de privación de libertad. La sentencia contra Muñoz subió a tres años de privación de libertad.
El 24 de diciembre de 2019, la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia rechazó los recursos de casación de los sentenciados y posteriormente los pedidos de aclaración, ampliación y revocatoria por improcedentes.